Federación - Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) - (FED)
Solicitud del día 25/10/2024 a la dependencia Federación - Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) - (FED) del órgano Federación
DescripciónPor medio del presente escrito me permito solicitar, con fundamento en el articulo 6 y 8 de la Constitución, la siguiente información: 1. Conforme a lo previsto por el articulo 79, fracción II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y el articulo 9 Constitucional, ¿Cual es el procedimiento a seguir para la constitución de una Asociación Patronal? ¿Que requisitos se deben cumplir? ¿Ante que autoridad se debe de realizar? ¿Cual es el fundamento legal para su constitución, requisitos y proceso para constitución? 2. Asimismo, quisiera saber, si pueden ser asociados tanto personas fisicas como personas morales, ¿cual debe ser su objeto principal o uno de sus objetos principales? ¿De que forma aportan recursos los asociados? ¿De que manera reparten utilidades o ganancias la Asociacion con los asociados? 3. ¿Los asociados estan sujetos al regimen obligatorio de aseguramiento social? 4. ¿Se debe de registrar ante el Registro Publico de la Propiedad y del Comercio? ¿En que registro se hace? 5. ¿Como se conforma su organo de dirección, administración y vigilancia? ¿Quienes pueden ser sus miembros? ¿Como toman decisiones y como se llaman sus reuniones? ¿Sus reuniones deben constar en acta e inscribirse ante algun registro? 6. ¿Cuales son los requisitos de sus estatutos sociales? ¿Su denominación social debe ser solicitada ante el Modulo Unico de Autorizaciones (MUA) del portal de Secretaría de Economía? En caso positivo, ¿que tipo de sociedad o regimen juridico se debe elegir? De lo contrario, ¿debe llevar en su denominación social la abreviatura de A.P.? Lo anterior para efecto de saber la forma de como constituir esta Asociación Patronal, solicitando el fundamento legal que regule su constitución, o en su caso, el procedimiento que se debe llevar para constituirla, toda vez que no conozco esa información. Muchas gracias y saludos.Otros datosLey del Impuesto Sobre la Renta. Articulo 79, fracción IIRespuesta del día12/11/2024Texto de respuestaCon fundamento en los artículos 2° fracciones I, II, III, V, VII y VIII; 5°, 61, 121, 122, 123, 124, 125, 126, 127, 129, 130, 133, 134, 135, 137, 138 y 145 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LFTAIP); 3°, 9°, 35 y demás relativos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo de aplicación supletoria; se hace de su conocimiento que su solicitud de información se turnó para su atención a la Coordinación General de Registro de Asociaciones, quien emitió respuesta mediante oficio, mismo que se anexa al presente.Archivo adjuntoDescargarFolioFED-IP-332589724000588