Federación - SHCP - Mandato Pago - (FED)
Solicitud del día 08/11/2024 a la dependencia Federación - SHCP - Mandato Pago - (FED) del órgano Federación
DescripciónCon base al artículo 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el cual señala que “Se considera como información confidencial: los secretos bancario, fiduciario, industrial, comercial, fiscal (…) cuando no involucren el ejercicio de recursos públicos. “ Es decir que no se considera como información confidencial aquella que involucra el ejercicio de recursos públicos, y como la solicitud que hago implica el ejercicio de recursos públicos (que van desde el sueldo de este servidor público, al manejo por parte de este servidor público de recursos públicos que se derivan del presupuesto que recibe la Universidad Autónoma Metropolitana, UAM, lugar donde labora dicho servidor público, por parte del gobierno federal) solicito a la unidad de transparencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la siguiente información para fines meramente informativos y estadísticos: solicito la Declaración del ejercicio de impuestos federales 2023-2024, 2022-2023, 2021-2022, 2020-2021, 2019-2020 del siguiente servidor público: José Antonio de los Reyes Heredia, Rector de la Universidad Autónoma Metropolitana. Asimismo, cito al Artículo 108 Constitucional que indica quiénes son servidores públicos “Para los efectos de las responsabilidades a que alude este Título se reputarán como servidores públicos a los representantes (…)así como a los servidores públicos de los organismos a los que esta Constitución otorgue autonomía”, como es el caso de la Universidad Autónoma Metropolitana, donde labora el servidor público en cuestión. Anexo el documento que acredita que esta persona es un servidor público de la Universidad Autónoma Metropolitana, esta información puede corroborarse con el servidor público y la misma UAM. Respuesta del día13/11/2024Texto de respuestaEn términos del artículo 131 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2016), Vigésimo Tercero de los Lineamientos que establecen los procedimientos internos de atención a solicitudes de acceso a la Información pública (Publicados en el Diario Oficial de la Federación el 12 de febrero de 2016), se hace de su conocimiento que la información solicitada no es de competencia de este sujeto obligado. Se adjunta respuesta. Conforme lo dispone el artículo 3, fracción XV de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, como lo refiere en su artículo 7, el particular podrá interponer, dentro de los quince días siguientes a la fecha de notificación de la presente resolución por sí o a través de su representante, el recurso de revisión previsto en los artículos 147 y 148 de la citada Ley, ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, sito en Avenida Insurgentes Sur No, 3211, Colonia Insurgentes Cuicuilco, Alcaldía Coyoacán, en esta Ciudad de México o ante la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. El formato y forma de presentación del medio de impugnación, podrá obtenerlos en la página de Internet del mencionado Instituto, en la dirección electrónica www.inai.org.mx Archivo adjuntoDescargarFolioFED-IP-332796624000135