Guerrero - Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo de Guerrero - (GRO)
Solicitud del día 14/10/2023 a la dependencia Guerrero - Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo de Guerrero - (GRO) del órgano Guerrero
DescripciónSolicito todo el expediente legislativo correspondiente a la aprobación de las reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicadas en fechas seis de junio de dos mil once y diez de junio de dos mil once. Esto, pues en términos del artículo 135 de la Constitución Federal esta legislatura Estatal debatió la aprobación de la reforma constitucional. De igual manera se solicita que se remita el expediente íntegro, incluyendo trámites administrativos, material videografico, actuaciones de comisiones, presidente del poder legislativo, así como cualquier acto previo, simultáneo o posterior de la discusión de las reformas constitucionales citadas. Respuesta del día16/10/2023Texto de respuestaChilpancingo de los Bravo, Gro., a 16 de octubre del 2023. "2023, Año de Francisco Villa, el revolucionario del pueblo" C. Héctor Alejandro González Aragón. P r e s e n t e. En atención a su solicitud de acceso a la información pública recibidas mediante el Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información (SISAI) de la Plataforma Nacional de Transparencia, con número de folio 120202123000028, el 14 y tomada como presentada 16 de octubre de 2023, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 155 párrafo primero de la Ley número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, adjunto al presente me permito remitir a Usted, en vía de notificación, ejemplar digital de la Resolución de Incompetencia emitida por el Comité de Transparencia de la Consejería Jurídica, en Sesión Extraordinaria de fecha 16 del mes y año en curso, lo anterior, en cumplimiento de la misma y para todos los efectos legales a que haya lugar. Resolución en la que se determinó que el Sujeto Obligado competente para conocer de su solicitud en análisis corresponde al Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, lo anterior de conformidad con los artículos 135, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 61 fracción XI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero, 343 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; en razón que dentro de sus atribuciones específicas le corresponde, ejercer las atribuciones que le correspondan dentro del procedimiento de reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Recibir y registrar las minutas enviada por las Cámaras del Congreso de la Unión, y hacer del conocimiento de la Comisión correspondiente de forma inmediata; administrar un sistema electrónico interinstitucional de comunicación entre el Congreso del Estado de Guerrero y el Congreso de la Unión que permita el envío y recepción de documentación necesaria para el trámite de las reformas constitucionales a que se refiere el Artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos mediante una firma electrónica certificada; por lo que, concretamente debe dirigir su solicitud información al Lic. Jorge Alan Pérez Jaimes Titular de la Unidad de Transparencia del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, con domicilio en Trébol Sur Sentimientos de la Nación S/N Col. Villa Moderna, C.P. 39074 Chilpancingo de Los Bravo, Guerrero, México, correo electrónico: transparencia@congresogro.gob.mx En el supuesto de que usted esté inconforme con la respuesta generada o considere que la misma contiene Información que no cumple con sus pretensiones, tiene derecho de interponer, por sí o a través de su representante, un recurso de revisión lo anterior de conformidad en los artículos 161, 162 y 163 de Ley número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero. Sin más por el momento y en espera de que la información sea de utilidad, reciba un cordial saludo. A t e n t a m e n t e. El Subconsejero de Legislación y Estudios Normativos y Titular de la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información. Mtro. José Luis Abarca Campos.Archivo adjuntoDescargarFolioGRO-IP-120202123000028