Guerrero - Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo de Guerrero - (GRO)

Solicitud del día 29/01/2024 a la dependencia Guerrero - Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo de Guerrero - (GRO) del órgano Guerrero

Descripción1. ¿Su sujeto obligado cuenta con programa anual de desarrollo archivístico para los años 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 y el más reciente, el de 2024, según lo establecido en el Artículo 23 de la Ley General de Archivos? Proporcione los vínculos necesarios o adjúntelos a la respuesta de esta solicitud. 2. ¿Defina cuál es el enfoque que debe tener el programa anual de desarrollo archivístico para los años 2022, 2023 y 2024 en relación con la administración de riesgos, la protección a los derechos humanos y otros derechos derivados de los archivos, según lo señalado en el Artículo 24 de la Ley General de Archivos? 3. ¿Cuáles son las responsabilidades y acciones que contemplan los programas de organización y capacitación en gestión documental y administración de archivos, de acuerdo con lo estipulado en el Artículo 25 de la Ley General de Archivos? 4. ¿Ha cumplido con el plazo establecido para elaborar y publicar el informe anual del programa o plan anual de desarrollo archivístico para los años 2020, 2021, 2022 y 2023 detallando el cumplimiento del programa o plabn anual de desarrollo archivístico, según lo establecido en el Artículo 26 de la Ley General de Archivos?Otros datos Ámbito de Aplicación: Artículo 1. La presente Ley es de orden público y de observancia general en todo el territorio nacional, y tiene por objeto establecer los principios y bases generales para la organización y conservación, administración y preservación homogénea de los archivos en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la federación, las entidades federativas y los municipios. (Ley General de Archivos)Respuesta del día31/01/2024Texto de respuestaChilpancingo de los Bravo, Gro., a 31 de enero del 2024. “2024, Año de Felipe Carrillo Puerto, Benemérito del Proletariado, Revolucionario y Defensor del Mayab” C. Enrique Ruiz. P r e s e n t e. En atención a su solicitud de acceso a la información pública recibida mediante el Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información (SISAI) de la Plataforma Nacional de Transparencia con número de folio 120202124000007, el 29 de enero del 2024, al respecto, esta Unidad de Transparencia le informa que, encontrándome dentro del término que establece el artículo 150 párrafo primero de la Ley Número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, se adjunta al presente la respuesta a sus cuestionamientos. Sin más por el momento y en espera de que la información sea de utilidad, reciba un cordial saludo. A t e n t a m e n t e. El Subconsejero de Legislación y Estudios Normativos y Titular de la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información. Mtro. José Luis Abarca Campos.Archivo adjuntoDescargarFolioGRO-IP-120202124000007

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de la información vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta27/02/2024Fecha solicitud término31/01/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deGuerreroSector de la dependenciaPoder Ejecutivo