Guerrero - Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo de Guerrero - (GRO)

Solicitud del día 10/03/2024 a la dependencia Guerrero - Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo de Guerrero - (GRO) del órgano Guerrero

DescripciónSe requiere 1) Especificar el número anual exacto de solicitudes de rectificación de actas de estado civil que se han recibido en el Registro Civil desde el año 2000 hasta el 2023, desglosado por año. 2) Especificar por año, del 2000 a 2023, ¿cuántas solicitudes de rectificación de actas de estado civil recibidas, se solicitan por enmiendas y cuántas debido a errores? 3) Especificar por año, del 2000 a 2023, ¿cuántas solicitudes de rectificación de actas de estado civil, resultaron ser procedentes, y cuántas son llevadas a juicio? 4) Especificar por año, del 2000 a 2023, ¿cuántas solicitudes de rectificación de actas de estado civil, después del juicio contencioso, son procedentes y cuántas acuden al amparo? 5) Especificar por año, del 2000 a 2023, ¿cuántas solicitudes de rectificación de actas de estado civil que recurren al amparo, son procedentes? Además, 6) copia simple en formato electrónico (PDF), de las fojas útiles del último Manual Administrativo del Registro Civil, donde se especifique el procedimiento para la rectificación de actas de estado civil. 7) el fundamento jurídico del trámite. Otros datosRegistro Civil Respuesta del día11/03/2024Texto de respuestaChilpancingo de los Bravo, Gro., a 11 de marzo del 2024. “2024, Año de Felipe Carrillo Puerto, Benemérito del Proletariado, Revolucionario y Defensor del Mayab” C. Fernando Cabrera Badillo. P r e s e n t e. En atención a su solicitud de acceso a la información pública recibida mediante el Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información (SISAI) de la Plataforma Nacional de Transparencia con número de folio 120202124000011, el 10 y tomada como presentada el 11 de marzo del 2024, mediante la cual solicita: 1) Especificar el número anual exacto de solicitudes de rectificación de actas de estado civil que se han recibido en el Registro Civil desde el año 2000 hasta el 2023, desglosado por año. 2) Especificar por año, del 2000 a 2023, ¿cuántas solicitudes de rectificación de actas de estado civil recibidas, se solicitan por enmiendas y cuántas debido a errores? 3) Especificar por año, del 2000 a 2023, ¿cuántas solicitudes de rectificación de actas de estado civil, resultaron ser procedentes, y cuántas son llevadas a juicio? 4) Especificar por año, del 2000 a 2023, ¿cuántas solicitudes de rectificación de actas de estado civil, después del juicio contencioso, son procedentes y cuántas acuden al amparo? 5) Especificar por año, del 2000 a 2023, ¿cuántas solicitudes de rectificación de actas de estado civil que recurren al amparo, son procedentes? Además, 6) copia simple en formato electrónico (PDF), de las fojas útiles del último Manual Administrativo del Registro Civil, donde se especifique el procedimiento para la rectificación de actas de estado civil. 7) el fundamento jurídico del trámite. Al respecto esta Unidad de Transparencia le informa que, encontrándome dentro del término que establece el artículo 155 párrafo primero de la Ley Número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, me permito informarle que, no se cuenta con la información solicitada en razón de que ésta no es generada o administrada por la Consejería Jurídica, como Sujeto Obligado en ejercicio de sus atribuciones, las cuales se encuentran establecidas en los artículos 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 242 y 12 del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Guerrero. Por lo antes expuesto y fundado se concluye que dada la naturaleza de la solicitud de acceso a la información el Sujeto Obligado competente para conocer de su solicitud en análisis corresponde a la Secretaría General de Gobierno, a través de la Coordinación Técnica del Sistema Estatal del Registro Civil, lo anterior de conformidad con los artículos 23 fracción IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 242 y 47 fracciones I, II y IV del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno; en razón que dentro de sus atribuciones específicas le corresponde, vigilar que los actos registrales que se realicen en las Oficialías del Registro Civil, sean registrados conforme lo marca la ley; asimismo, aplicar las sanciones a los oficiales del registro civil, cuando incurran en faltas administrativas en el ejercicio de sus funciones; coordinar técnicamente la actividad de las Oficialías del Registro Civil en los municipios y Coordinar el manejo, compilación y control del Archivo Estatal en donde quedarán los ejemplares de libros de actas que remitan los oficiales, conforme a las disposiciones del Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero y expedir las certificaciones de los mismos y de los documentos de su apéndice que resguarda la Coordinación, para la óptima conservación de los documentos registrales. Por lo que, concretamente debe dirigir su solicitud de acceso a la información a la Lic. Brenda Denisse Méndez Núñez, Titular de la Unidad de Transparencia de la Secretaría General de Gobierno, con domicilio en Boulevard René Juárez Cisneros, No. 62, C.P. 39074, Chilpancingo, Guerrero. Edificio Norte, 2° Piso, teléfono: 7474719700Archivo adjuntoDescargarFolioGRO-IP-120202124000011

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de la información vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta16/04/2024Fecha solicitud término11/03/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deGuerreroSector de la dependenciaPoder Ejecutivo