Guerrero - Insituto de Seguridad Social de los Servidores Públicos (ISSSPEG) - (GRO)
Solicitud del día 27/09/2023 a la dependencia Guerrero - Insituto de Seguridad Social de los Servidores Públicos (ISSSPEG) - (GRO) del órgano Guerrero
Descripción1. ¿Actualmente que institución es la encargada del otorgamiento, cumplimiento y pago de las pólizas de los Seguros de Vida para los Trabajadores adscritos al ISSSTE en la sección de trabajadores (Maestros) en el Estado de Guerrero? 2. ¿Qué institución(es) aseguradora(s) han sido contratadas en el Estado de Guerrero, durante el Periodo que abarca el 01 de abril de 1998 al 01 de Enero del 2022 3. ¿Que institución o Aseguradora es la encargada de dar cumplimiento al pago de las pólizas de los Seguros de Vida, para los trabajadores pensionados adscritos al ISSSTE en el Estado de Guerrero? 4. ¿Es la misma institución la encargada cumplimiento y pago de las pólizas de los Seguros de Vida, para los trabajadores adscritos al ISSSTE que se encuentran pensionados desde 1998 y cual es el procedimiento que debe seguir el derecho habiente o beneficiario para solicitar su pago? 5. Durante el Periodo que abarca el 01 de Abril de 1998 al 27 de Septiembre de 2023, ¿hubo algún cambio de la empresa aseguradora para los trabajadores del Estado (Maestros), adscritos al ISSSTE en el Estado de Guerrero. En caso de que un derecho habiente no tenga copia de su póliza cual es la vía para la obtención de una copia del contrato respectivo del asegurado. 6. En caso de existir modificación cambio de aseguradora o cesión de derechos, ¿por qué medio les fue notificado a los trabajadores pensionados o en que fecha fue publicado el cambio de la institución encargada del otorgamiento, cumplimiento y pago de las pólizas de los Seguros de Vida en la que los trabajadores pensionados se encuentran como beneficiarios? Favor de Proporcionar copia del instrumento mediante el cual se documentó la modificación o cambioRespuesta del día02/10/2023Texto de respuestaC. Jesús Kounwan Lugo P R E S E N T E. A través del presente y con fundamento en los artículos 6º, inciso A), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 22, fracciones IV y XI artículo 54, fracción II, inciso a), así como los artículos 142, 143, 149, 150, de la Ley número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero y, en respuesta a su solicitud con número folio 120203523000059 elaborada vía Sistema de Solicitudes Acceso a la Información (SISAI 2.0), consistente en información referente a: “1.¿Actualmente que institución es la encargada del otorgamiento, cumplimiento y pago de las pólizas de los Seguros de Vida para los Trabajadores adscritos al ISSSTE en la sección de trabajadores (Maestros) en el Estado de Guerrero? 1. ¿Qué institución(es) aseguradora(s) han sido contratadas en el Estado de Guerrero, durante el Periodo que abarca el 01 de abril de 1998 al 01 de Enero del 2022 2. ¿Que institución o Aseguradora es la encargada de dar cumplimiento al pago de las pólizas de los Seguros de Vida, para los trabajadores pensionados adscritos al ISSSTE en el Estado de Guerrero? 3. ¿Es la misma institución la encargada cumplimiento y pago de las pólizas de los Seguros de Vida, para los trabajadores adscritos al ISSSTE que se encuentran pensionados desde 1998 y cual es el procedimiento que debe seguir el derecho habiente o beneficiario para solicitar su pago? 4. Durante el Periodo que abarca el 01 de Abril de 1998 al 27 de Septiembre de 2023, ¿hubo algún cambio de la empresa aseguradora para los trabajadores del Estado (Maestros), adscritos al ISSSTE en el Estado de Guerrero. En caso de que un derecho habiente no tenga copia de su póliza cual es la vía para la obtención de una copia del contrato respectivo del asegurado. 5. En caso de existir modificación cambio de aseguradora o cesión de derechos, ¿por qué medio les fue notificado a los trabajadores pensionados o en que fecha fue publicado el cambio de la institución encargada del otorgamiento, cumplimiento y pago de las pólizas de los Seguros de Vida en la que los trabajadores pensionados se encuentran como beneficiarios? Favor de Proporcionar copia del instrumento mediante el cual se documentó la modificación o cambio.” SIC Con base en lo anterior me permito informarle que este sujeto obligado denominado Instituto de Seguridad Social de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero, tiene su atribución principal, el brindar la seguridad social a los servidores públicos afiliados a este Instituto, como se establece en el artículo 2, de la Ley número 912 de Seguridad Social de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero; Por lo antes señalado y con fundamento en el artículo 155 párrafo primero de la Ley número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, este Instituto es notoriamente incompetente para brindar respuesta a su solicitud de información antes descrita. Ahora bien, con el objeto no minimizar ni cuartar su derecho fundamental de Acceso a la Información Pública, se le comunica que el sujeto obligado competente para dar trámite y respuesta a su solicitud de información antes descrita, podría ser la Secretaría de Salud del Estado de Guerrero (SSG). Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.Archivo adjuntoDescargarFolioGRO-IP-120203523000059