Guerrero - Insituto de Seguridad Social de los Servidores Públicos (ISSSPEG) - (GRO)

Solicitud del día 20/02/2024 a la dependencia Guerrero - Insituto de Seguridad Social de los Servidores Públicos (ISSSPEG) - (GRO) del órgano Guerrero

DescripciónPor medio de la presente le pido de su colaboración para obtener la siguiente información: 1. Costo unitario y unidades totales adquiridas en el año 2021, 2022 y 2023 2. Desglose de las unidades adquiridas por entidad federativa y unidad hospitalaria (si aplica). 3. Desglose por clave de medicamentos del CNIS: ¿ Fampridina (Clave: 010.000.7075.00) ¿ Acetato de Glatiramer (Clave: 010.000.4363.00) ¿ Alemtuzumab (Clave: 010.000.6205.00) ¿ Cladribina (Clave: 010.000.6322.00) ¿ Dimetilfumarato (Clave: 010.000.6048.00) ¿ Fingolimod 010.000.5815.00) ¿ Fingolimod 010.000.6212.00) ¿ Interferón Beta (Clave: 010.000.5237.00, 010.000.5237.01, 010.000.5237.02, 010.000.5237.03, 010.000.5250.00, 010.000.5250.01, 010.000.5250.02, 010.000.5254.00, 010.000.5254.01) ¿ Ocrelizumab (Clave: 010.000.6204.00) ¿ Teriflunomida (Clave: 010.000.6092.00) 4. Indicar si las unidades adquiridas están ligadas a un censo de pacientes con Esclerosis Múltiple, en caso de ser así, indicar lo siguiente: ¿ Pacientes totales ¿ Pacientes totales por año (2021, 2022 y 2023) ¿ Pacientes por clave de medicamento ¿ Unidades empleadas por paciente ¿ Nombre de la unidad hospitalaria y entidad federativa ligada al paciente y alternativa terapéutica. Por su amable cooperación gracias. Respuesta del día23/02/2024Texto de respuestaC. Diego Axel Tapia P R E S E N T E. A través del presente y con fundamento en los artículos 6º, inciso A), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 22, fracciones IV y XI artículo 54, fracción II, inciso a), así como los artículos 142, 143, 149, 150, de la Ley número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero y, en respuesta a su solicitud con número folio 120203524000012 elaborada vía Sistema de Solicitudes Acceso a la Información (SISAI 2.0), consistente en información referente a: ” Por medio de la presente le pido de su colaboración para obtener la siguiente información: 1. Costo unitario y unidades totales adquiridas en el año 2021, 2022 y 2023 2. Desglose de las unidades adquiridas por entidad federativa y unidad hospitalaria (si aplica). 3. Desglose por clave de medicamentos del CNIS: ¿Fampridina (Clave: 010.000.7075.00) ¿Acetato de Glatiramer (Clave: 010.000.4363.00) ¿ Alemtuzumab (Clave: 010.000.6205.00) ¿ Cladribina (Clave: 010.000.6322.00) ¿ Dimetilfumarato (Clave: 010.000.6048.00) ¿ Fingolimod 010.000.5815.00) ¿ Fingolimod 010.000.6212.00) ¿ Interferón Beta (Clave: 010.000.5237.00, 010.000.5237.01, 010.000.5237.02, 010.000.5237.03, 010.000.5250.00, 010.000.5250.01, 010.000.5250.02, 010.000.5254.00, 010.000.5254.01) ¿ Ocrelizumab (Clave: 010.000.6204.00) ¿ Teriflunomida (Clave: 010.000.6092.00) 4. Indicar si las unidades adquiridas están ligadas a un censo de pacientes con Esclerosis Múltiple, en caso de ser así, indicar lo siguiente: ¿ Pacientes totales ¿ Pacientes totales por año (2021, 2022 y 2023) ¿ Pacientes por clave de medicamento ¿ Unidades empleadas por paciente ¿ Nombre de la unidad hospitalaria y entidad federativa ligada al paciente y alternativa terapéutica. Por su amable cooperación gracias.”. SIC Con base en lo anterior me permito informarle que este sujeto obligado denominado Instituto de Seguridad Social de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero, tiene su atribución principal, el brindar la seguridad social a los servidores públicos afiliados a este Instituto, como se establece en el artículo 2, de la Ley número 912 de Seguridad Social de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero; Por lo antes señalado y con fundamento en el artículo 155 párrafo primero de la Ley número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, este Instituto es notoriamente incompetente para brindar respuesta a su solicitud de información antes descrita. Ahora bien, con el objeto no minimizar ni cuartar su derecho fundamental de Acceso a la Información Pública, se le comunica que el sujeto obligado competente para dar trámite y respuesta a su solicitud de información antes descrita, podría ser la Secretaría de Salud del Estado de Guerrero (SSG). Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.Archivo adjuntoDescargarFolioGRO-IP-120203524000012

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaNotoria incompetenciaTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta20/03/2024Fecha solicitud término23/02/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deGuerreroSector de la dependenciaPoder Ejecutivo