Guerrero - Insituto de Seguridad Social de los Servidores Públicos (ISSSPEG) - (GRO)
Solicitud del día 19/04/2024 a la dependencia Guerrero - Insituto de Seguridad Social de los Servidores Públicos (ISSSPEG) - (GRO) del órgano Guerrero
DescripciónP R E S E N T E. Por medio del presente y con fundamento en el artículo 6 segundo párrafo, apartado A), fracciones I, II, III, IV, V, VI, y VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así mismo de conformidad con lo señalado en los artículos 11, 12, 13, 15, 16, 18, 19, 21, 22, 121, 122, 123 y 124 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con los artículos 3, fracciones XVI y XX, artículos 139, 142, 143, 147 y 149 de la Ley número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, vengo a interponer solicitud de información pública, en virtud, de que como ya se fundamentó, el acceso a la información pública, es un Derecho Humano garantizado por la propia Carta Magna, del cual, los ciudadanos tenemos derecho a acceder a toda aquella información de índole publica, es decir, aquella, que los sujetos obligados generen a través de documentos, registros, archivos, o cualquier dato que se recopile, procese o pesen los sujetos obligados, de la cual, además de ser un bien del dominio público en poder del Estado, cuya titularidad reside en la sociedad, misma, en la que se tendrá en todo momento el derecho a obtenerla. Por lo anterior, solicito a usted, me brinde la información mediante "PDF" respecto a: 1.- Cuáles son los lineamientos de las comprobaciones, Reembolzo y Recuperaciones de gastos? 2-¿A quién acudo para que pague una deuda institucional que pague unas facturas con mi dinero? 3-Quiero saber quién me puede dar respuesta a mi oficio que mandé al instituto ya que ya hizo 13 días hábiles? Esperando contar con pronta respuesta, ajustándose a los plazos establecidos por la Ley de la materia, es decir, a más tardar dentro de los 20 días hábiles siguientes al de recibir la presente solicitud, de conformidad con el artículo 132 de la Ley General de la materia, y 150 párrafo primero de la Ley 207 antes citada.Respuesta del día21/05/2024Texto de respuestaC. Nayeli Doribeth Vázquez P R E S E N T E. A través del presente y con fundamento en los artículos 6º, inciso A), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 22, fracciones IV y XI artículo 54, fracción II, inciso a), así como los artículos 142, 143, 149, 150, de la Ley número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero y, en respuesta a su solicitud con número folio 120203524000023 elaborada vía Sistema de Solicitudes Acceso a la Información (SISAI 2.0), consistente en información referente a: “P R E S E N T E. Por medio del presente y con fundamento en el artículo 6 segundo párrafo, apartado A), fracciones I, II, III, IV, V, VI, y VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así mismo de conformidad con lo señalado en los artículos 11, 12, 13, 15, 16, 18, 19, 21, 22, 121, 122, 123 y 124 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con los artículos 3, fracciones XVI y XX, artículos 139, 142, 143, 147 y 149 de la Ley número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, vengo a interponer solicitud de información pública, en virtud, de que como ya se fundamentó, el acceso a la información pública, es un Derecho Humano garantizado por la propia Carta Magna, del cual, los ciudadanos tenemos derecho a acceder a toda aquella información de índole publica, es decir, aquella, que los sujetos obligados generen a través de documentos, registros, archivos, o cualquier dato que se recopile, procese o pesen los sujetos obligados, de la cual, además de ser un bien del dominio público en poder del Estado, cuya titularidad reside en la sociedad, misma, en la que se tendrá en todo momento el derecho a obtenerla. Por lo anterior, solicito a usted, me brinde la información mediante "PDF" respecto a: 1.- Cuáles son los lineamientos de las comprobaciones, Reembolzo y Recuperaciones de gastos? 2- ¿A quién acudo para que pague una deuda institucional que pague unas facturas con mi dinero? 3- Quiero saber quién me puede dar respuesta a mi oficio que mandé al instituto ya que ya hizo 13 días hábiles? Esperando contar con pronta respuesta, ajustándose a los plazos establecidos por la Ley de la materia, es decir, a más tardar dentro de los 20 días hábiles siguientes al de recibir la presente solicitud, de conformidad con el artículo 132 de la Ley General de la materia, y 150 párrafo primero de la Ley 207 antes citada.” SIC Sin la intención de vulnerar su derecho al acceso a la información, le comunico que el Instituto de Seguridad Social de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero (ISSSPEG), tiene a bien proporcionarle la respuesta de su solicitud. Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo. NOTA: SE ADJUNTA RESPUESTAArchivo adjuntoDescargarFolioGRO-IP-120203524000023