Guerrero - Promotora Turística de Guerrero (PROTUR) - (GRO)
Solicitud del día 27/01/2024 a la dependencia Guerrero - Promotora Turística de Guerrero (PROTUR) - (GRO) del órgano Guerrero
DescripciónQuisiera la documentación comprobatoria de la donación salarial que las y los senadores y las y los diputados federales me hicieron a los damnificados por el huracán Otis Otros datosDonaciones Comprobantes Legisladores federales Gastos Damnificados Respuesta del día06/02/2024Texto de respuestaAcapulco, Gro. a 06 de febrero de 2024 “2024, Año de Felipe Carrillo Puerto, Benemérito del Proletariado, Revolucionario y Defensor del Mayab” C. Luís Eliseo Arteaga Presente Por medio del presente y en cumplimiento a lo señalado en los artículos 6, 7, 8, 10, 11, 12, 13, 15, y 155 de la Ley número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, en atención a su solicitud de información con número de folio 120205224000003 mediante la cual solicita: Quisiera la documentación comprobatoria de la donación salarial que las y los senadores y las y los diputados federales me hicieron a los damnificados por el huracán Otis Atentamente le comunico que la información solicitada no corresponde a este Organismo Público Descentralizado, ya que generar u obtener los registros de nómina, apoyos, deducciones, donaciones, etc, de las y los senadores y diputados federales, no se encuentra dentro de las atribuciones que le confiere el artículo 11 de la Ley de Fomento al Turismo. Es por ello que en términos del artículo 54 fracción II inciso e) de la Ley número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, se le sugiere dirigir su solicitud de información a la Unidad de Transparencia de la cámara de senadores en el siguiente correo transparencia@senado.gob.mx y a la Unidad de Transparencia de la cámara de diputados en el siguiente correo transparencia@diputados.gob.mx, o a través de la Plataforma Nacional de Transparencia en la dirección https://www.plataformadetransparencia.org.mx/ Asimismo, se le informa que en términos del artículo 161 de la Ley número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, tiene derecho a interponer Recurso de Revisión contra la respuesta brindada, ante el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Guerrero. Sin más por el momento reciba un cordial saludo. Atentamente Lic. Max Andrey Armendariz Valencia Titular de la Unidad de Transparencia y Control ArchivísticoArchivo adjuntoDescargarFolioGRO-IP-120205224000003