Guerrero - Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ordenamiento Territorial - (GRO)
Solicitud del día 23/08/2024 a la dependencia Guerrero - Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ordenamiento Territorial - (GRO) del órgano Guerrero
DescripciónHola, buenas tardes Adjunto al presente un escrito donde viene a mayor detalle la solicitud. Saludos. Respuesta del día27/08/2024Texto de respuestaChilpancingo de los Bravo, Gro., a 27 de agosto de 2024 “2024, Año de Felipe Carrillo Puerto, Benemérito del Proletariado, Revolucionario y Defensor del Mayab” C. JAIR HERNÁNDEZ P R E S E N T E. En atención a su solicitud de folio 120206124000076 de fecha 26 de agosto de 2024, recibida mediante el Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la Plataforma Nacional de Transparencia, mediante la cual solicita respuesta a las siguientes preguntas: 1. ¿Cuántos municipios tiene el Estado? 2. De los municipios antes mencionados, ¿en cuáles de ellos aplica la clave catastral, la cuenta predial o ambas? 3. ¿Cuál es la estructura de cada una de las claves? 4. Pueden proporcionar un ejemplo ilustrativo de un recibo donde se observe en que parte se encuentra la clave catastral y en que parte la cuenta predial, o ambos de ser el caso. Con respecto a la pregunta No. 1 le comparto el mapa publicado por el INEGI con la división municipal del Estado de Guerrero, el cual puede descargar en la siguiente dirección electrónica: https://cuentame.inegi.org.mx/mapas/pdf/entidades/div_municipal/grompios.pdf Al respecto de las demás preguntas, se precisa que la información que solicita no es competencia de este Sujeto Obligado, pues esta Secretaría es el órgano encargado del ordenamiento territorial, regular el desarrollo urbano, ordenar los asentamientos humanos, así como de conducir, normar, proyectar y ejecutar las obras públicas del estado, atribuciones que se encuentran contenidas en el articulo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero, Número 242. Por lo anterior, me permito sugerirle dirigir su solicitud a los H. Ayuntamientos del Estado de Guerrero de conformidad con lo establecido en el artículo 42, fracción IX de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero. Lo anterior, con base en lo establecido en el artículo 155 de la Ley número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, poniendo a su disposición el correo electrónico de esta Unidad de Transparencia: pnt.sduopot.gro@gmail.com para cualquier duda o aclaración. Sin más por el momento, reciba un cordial saludo. A T E N T A M E N T E EL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DE LA SDUOPOT. LIC. IVÁN NAVARRETE JACOBO.Archivo adjuntoDescargarFolioGRO-IP-120206124000076