Guerrero - Secretaría de Finanzas y Administración - (GRO)
Solicitud del día 11/10/2024 a la dependencia Guerrero - Secretaría de Finanzas y Administración - (GRO) del órgano Guerrero
DescripciónDerivado de la situación actual (pendiente del pago del bimestre septiembre - octubre 2024) ,que guardan las personas con discapacidad beneficiarios del programa federal Pensión para el Bienestar de las personas con discapacidad mayores de 30 años de edad, mediante la firma del convenio de colaboración de nuestro estado y el gobierno federal, solicito los siguientes datos: 1.- copia de la firma de convenio de colaboración entre el estado y el gobierno federal, donde se estipulan los acuerdos tomados. 2.- Presupuesto ejercido durante el ejercicio fiscal 2023 en dicho convenio. 3.- Padrón actualizado al mes de febrero 2024 de las personas beneficiarias de dicha pensión. 4.- Nombre de las áreas responsables de vigilar el cumplimiento del convenio de colaboración. 5.- Presupuesto considerado a ser ejercido durante el ejercicio fiscal 2024, y cuanto de ello se lleva ocupado. 6.- Explicación real del motivo por el cual se presentan los retardos de los pagos bimestrales en mencionado apoyo y no apegarse al calendario oficial emitido por la secretaria de bienestar federal. Otros datosUniversalidad en la Pensión para el Bienestar de las Personas con discapacidad en el estado de Guerrero, firma de convenio de colaboración.Respuesta del día15/10/2024Texto de respuestaUna vez analizada su solicitud de información, se le menciona lo siguiente: Que de conformidad con el artículo 25 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 242, la Secretaría de Finanzas y Administración es el órgano encargado de administrar la hacienda pública del Estado y de brindar el apoyo administrativo que requieran las secretarías, dependencias, entidades paraestatales y demás instituciones reguladas por esta Ley. Con base en lo anterior y de acuerdo al artículo 155 de la Ley Número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, se le notifica la notoria incompetencia por parte de la Secretaría de Finanzas y Administración, para tramitar su solicitud de acceso a la información. Motivo por el cual, se le sugiere respetuosamente canalizar su solicitud a la Secretaría de Bienestar, por ser el sujeto obligado que pudieran poseer la información que solicita. Lo anterior en términos del artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero número 242 y de los artículos 10 fracción XV, 29 fracción II y 32 fracción X del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo y Bienestar Social. Sin más por el momento, reciba un cordial saludo.Archivo adjuntoDescargarFolioGRO-IP-120206324000226