Guerrero - Secretaría de la mujer - (GRO)

Solicitud del día 01/11/2024 a la dependencia Guerrero - Secretaría de la mujer - (GRO) del órgano Guerrero

DescripciónSe solicita, del 2020 a octubre de 2024, desglosado por mes y por tipo de conducta, lo siguiente: - ¿Cuántos expedientes se han integrado por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género?; ¿Por qué tipo de conducta se integró (fundamento legal -artículo/fracción y legislación-); - ¿Cuántos expedientes se declaro que se cometió la conducta y existió sanción a la o las personas responsables? - ¿Cuántas medidas de protección y/o precautorias y/o cualquier otra fue otorgada a mujeres que denunciaron violencia política en razón de género? (describir temporalidad de cada medida otorgada); - ¿Cuántas denuncias se han recibido por violencia política en contra de personas integrantes de la comunidad LGBT+? (En caso de resultar existente alguna, señalar la conducta prevista en la ley -con citar ley, artículo y fracción-) - ¿Cuántas, de las denuncias señaladas en el punto anterior, se ha resuelto o determinado la existencia de la conducta y se sanciono a la o las personas responsables? - ¿Cuántas denuncias se han recibido por violencia política en contra de personas discapacitadas? (En caso de resultar existente alguna, señalar la conducta prevista en la ley -con citar ley, artículo y fracción-) - ¿Cuántas, de las denuncias señaladas en el punto anterior, se ha resuelto o determinado la existencia de la conducta y se sanciono a la o las personas responsables? - ¿Cuántas denuncias se han recibido por violencia política en contra de personas integrantes de comunidades indígenas? (En caso de resultar existente alguna, señalar la conducta prevista en la ley -con citar ley, artículo y fracción-) - ¿Cuántas, de las denuncias señaladas en el punto anterior, se ha resuelto o determinado la existencia de la conducta y se sanciono a la o las personas responsables? - ¿Cuántas denuncias se han recibido por violencia política en contra de personas migrantes? (En caso de resultar existente alguna, señalar la conducta prevista en la ley -con citar ley, artículo y fracción-) - ¿Cuántas, de las denuncias señaladas en el punto anterior, se ha resuelto o determinado la existencia de la conducta y se sanciono a la o las personas responsables? - ¿Qué manual de operación y/o protocolo se utiliza para integrar procedimientos en donde se señale como conducta: I. Violencia Política en contra de las Mujeres en Razón de Género; II. Violencia Política en contra de personas integrantes de la comunidad LGBT+; III. Violencia Política en contra de personas discapacitadas; IV. Violencia Política en contra de personas integrantes de comunidades indígenas; y V. Violencia Política en contra de personas migrantes? - ¿Cuentan con alguna unidad especializada y/o personal capacitado para atender y resolver de forma particular los procedimientos en donde se señale como conducta: I. Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género; II. Violencia Política en contra de personas integrantes de la comunidad LGBT+; III. Violencia Política en contra de personas discapacitadas; IV. Violencia Política en contra de personas integrantes de comunidades indígenas; y V. Violencia Política en contra de personas migrantes?Otros datosSolo se solicitan datos estadísticos.Respuesta del día06/11/2024Texto de respuestaEn atención a su solicitud de acceso a la información pública recibida vía Plataforma Nacional de Transparencia con número de folio 120206624000037, el día cuatro de noviembre del año en curso, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 155 párrafo primero de la Ley número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, me permito informar a usted, en vía de notificación, la Resolución de Incompetencia emitida por el Comité de Transparencia de la Secretaría de Mujer, en la Décima Novena Sesión Extraordinaria de fecha cinco de noviembre del dos mil veinticuatro. Lo anterior, en cumplimiento de la misma y para todos los efectos legales a que haya lugar. R e s o l u c i ó n En la que se determinó que el Sujeto Obligado, competente para conocer de su solicitud en análisis corresponden a: • Fiscalía Especializada en Delitos Electorales del Estado de Guerrero (FEDE-GRO), lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General Del Estado de Guerrero Número 500. • Tribunal Electoral del Estado de Guerrero, lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica Del Tribunal Electoral Del Estado De Guerrero Número 457. • Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero (IEPC), lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Numero 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero.Archivo adjuntoDescargarFolioGRO-IP-120206624000037

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaNotoria incompetenciaTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta03/12/2024Fecha solicitud término06/11/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deGuerreroSector de la dependenciaPoder Ejecutivo