Guerrero - Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales - (GRO)
Solicitud del día 28/05/2024 a la dependencia Guerrero - Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales - (GRO) del órgano Guerrero
DescripciónSe solicita, tenga a bien informar lo siguiente: 1. Confirmar si está autorizado depositar residuos de grandes generadores /de tiendas de autoservicio o centros comerciales en los siguientes sitios de disposición final: Relleno municipal constitucional de Chilpancingo Relleno municipal constitucional de Zihuatanejo de Azueta Relleno Sanitario Municipal del H. Ayuntamiento de Acapulco de Juárez Tiradero municipal del municipio de Zihuatanejo de Azueta 2. Confirmar si los siguientes municipios cuentan con autorización para recolectar y transportar residuos de grandes generadores /de tiendas de autoservicio o centros comerciales: Iguala de la Independencia Taxco de Alarcón Tecpan de Galeana Pungarabato Teloloapan Arcelia Chilalpa de Álvarez Huitzuco de los Figueroa 3. El listado de los sitios de disposición final de residuos autorizados en el Estado de Guerrero, nombre completo y/o razón social de quien lo opera, sus lugares de ubicación, en los cuales está permitido realizar la disposición final de los residuos generados en el Estado por tiendas de autoservicio o centros comerciales. 4. Vigencias y/ periodos de las autorizaciones de los sitios de disposición final autorizados en el Estado para disponer residuos generados por tiendas de autoservicio o centros comerciales. 5. Indicar si es posible conocer o consultar esta información de manera periódica, de ser así cada cuanto, en que sitio, dependencia, área o proceso, etc. 6. Si es posible consultar o descargar las autorizaciones de los sitios autorizados de manera electrónica en la página oficial. Respuesta del día07/06/2024Texto de respuestaPor lo que derivado de la solicitud que antecede, esta Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado, le informa lo siguiente, de acuerdo a las preguntas realizadas en la solicitud que se alude: 1. Confirmar si está autorizado depositar residuos de grandes generadores /de tiendas de autoservicio o centros comerciales en los siguientes sitios de disposición final. Relleno municipal constitucional de Chilpancingo Relleno municipal constitucional de Zihuatanejo de Azueta Relleno sanitario municipal del H. Ayuntamiento de Acapulco de Juárez Tiradero municipal del municipio de Zihuatanejo de Azueta. R.- Si bien la prestación del servicio público de limpia corresponde a los municipios conforme al artículo 115 constitucional, fracción III, inciso c), estos gozan de autonomía y tiene la libertad de aplicar un sistema de tarifas y cobro en función del volumen, características de los residuos y tipo de generador, acorde a lo dictado por la Ley No. 593 de Aprovechamiento y Gestión Integral de los Residuos del Estado de Guerrero, artículo 9 fracción VI, por otro lado es obligación del generador darle el manejo integral necesario (minimización, separación en la fuente, disposición final de lo no valorizable), artículo 44 de la misma ley local antes citada. SE ANEXA OFICIO CON LA INFORMACIÓN COMPLEMEMTARIAArchivo adjuntoDescargarFolioGRO-IP-120206724000050