Guerrero - Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública - (GRO)
Solicitud del día 09/01/2024 a la dependencia Guerrero - Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública - (GRO) del órgano Guerrero
DescripciónCuántas personas afrodescendientes privadas de la libertad se encuentran en cada uno de los centros penitenciarios estatales, desglosadas por situación jurídica, fuero, sexo, tipo de delito por el que se encuentran privados de su libertad y lugar de origen, a la fecha de diciembre de 2023.Respuesta del día12/01/2024Texto de respuestaDependencia: Secretariado Ejecutivo Del Sistema Estatal De Seguridad Pública. Área: Unidad de Transparencia Oficio No.: SESESP/UT/009/2024 Asunto: Respuesta a la solicitud de información folio 120207724000006 Chilpancingo de los Bravo, Gro., a 12 de enero de 2024 “2024, Año de Felipe Carrillo Puerto, Benemérito del Proletariado, Revolucionario y Defensor del Mayab” C. Persona usuaria Persona usuaria del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información SISAI 2.0 Presente. Se hace de su conocimiento que el Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública es un Órgano Administrativo Desconcentrado con autonomía técnica presupuestal, de gestión y seguimiento dependiente de la Secretaría de Seguridad Pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley número 179 del Sistema de Seguridad Pública del Estado Libre y Soberano de Guerrero, sin contar dentro de sus atribuciones conferidas en la Ley en comento, ni en el Reglamento Interior del Consejo Estatal de Seguridad Pública y del Secretariado Ejecutivo con alguna que se relacione con la naturaleza de la información solicitada. En adición de lo anterior expuesto, es conveniente mencionar que previo a lo manifestado se realizó una búsqueda exhaustiva y razonable en las áreas que conforman este Secretariado Ejecutivo, y se concluye que la información solicitada no se encuentra en los archivos porque no es generada ni administrada por esta dependencia, conforme a lo que establecen las atribuciones, funciones y actividades de la Institución, conferidas en la Ley citada. Por lo que este sujeto obligado comunica la NOTORIA INCOMPETENCIA para atender su solicitud de acceso a la información. Se refuerza lo anterior, con el Criterio 13/17 emitido por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, mismo que cita lo siguiente: Incompetencia. La incompetencia implica la ausencia de atribuciones del sujeto obligado para poseer la información solicitada; es decir, se trata de una cuestión de derecho, en tanto que no existan facultades para contar con lo requerido; por lo que la incompetencia es una cualidad atribuida al sujeto obligado que la declara. El argumento anterior se ratifica con el DICTAMEN DE INCOMPETENCIA NÚMERO UT004-2024 y en la resolución del Comité de Transparencia del SESESP en su Tercera Sesión Extraordinaria. Disponible para consulta en el siguiente enlace: https://transparencia.guerrero.gob.mx/transparencia/comite-de-transparencia-3/Archivo adjuntoDescargarFolioGRO-IP-120207724000006