Guerrero - Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública - (GRO)

Solicitud del día 25/06/2024 a la dependencia Guerrero - Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública - (GRO) del órgano Guerrero

DescripciónSolicito conocer el número de mujeres privadas de la libertad que han recibido tratamiento médico derivado a prolapso uterino. La información deberá entregarse desglosada por edad de la mujer y que tipo de tratamiento se le brindó. Los datos deberán ser correspondientes a los años 2016, 2017, 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 y hasta el 25 de junio de 2024. Respuesta del día28/06/2024Texto de respuestaSe hace de su conocimiento que el Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública es un Órgano Administrativo Desconcentrado con autonomía técnica presupuestal, de gestión y seguimiento dependiente de la Secretaría de Seguridad Pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley número 179 del Sistema de Seguridad Pública del Estado Libre y Soberano de Guerrero, sin contar dentro de sus atribuciones conferidas en la Ley en comento, ni en el Reglamento Interior del Consejo Estatal de Seguridad Pública y del Secretariado Ejecutivo con alguna que se relacione con la naturaleza de la información solicitada. En adición de lo anterior expuesto, es conveniente mencionar que previo a lo manifestado se realizó una búsqueda exhaustiva y razonable en las áreas que conforman este Secretariado Ejecutivo, y se concluye que la información solicitada no se encuentra en los archivos porque no es generada ni administrada por esta dependencia, conforme a lo que establecen las atribuciones, funciones y actividades de la Institución, conferidas en la Ley citada. Por lo que este sujeto obligado comunica la NOTORIA INCOMPETENCIA para atender su solicitud de acceso a la información. Se refuerza lo anterior, con el Criterio 13/17 emitido por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, mismo que cita lo siguiente: Incompetencia. La incompetencia implica la ausencia de atribuciones del sujeto obligado para poseer la información solicitada; es decir, se trata de una cuestión de derecho, en tanto que no existan facultades para contar con lo requerido; por lo que la incompetencia es una cualidad atribuida al sujeto obligado que la declara. El argumento anterior se ratifica con el DICTAMEN DE INCOMPETENCIA NÚMERO UT0011-2024, UT0012-2024 y UT0013-2024 y en la resolución del Comité de Transparencia del SESESP en su Décimo Primera Sesión Extraordinaria. Disponible para consulta en el siguiente enlace: https://transparencia.guerrero.gob.mx/transparencia/comite-de-transparencia-3/ No obstante, en aras de proteger el ejercicio del derecho humano de acceso a la información y garantizar el principio de máxima publicidad establecido en el artículo 6 apartado A fracción I de la Constitución Políticas de los Estado Unidos Mexicanos, artículo 7 párrafo segundo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y, artículo 19 de Ley número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero; se sugiere que la solicitud debe ser dirigida al sujeto obligado: Secretaría de Seguridad Pública. No omito mencionar que, la Secretaría de Seguridad Pública es la coordinadora global del Sistema Estatal y le corresponde la conducción y ejercicio de las funciones y servicios de seguridad pública previstas en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero y en otras disposiciones jurídicas aplicables; además entre sus atribuciones se encuentra la de “Organizar y administrar el sistema penitenciario del estado […]”. Por lo anterior, este Secretariado Ejecutivo espera tenga a bien atendida su solicitud, comunicándole la disposición institucional para proteger el derecho de acceso a la información y para cumplir las obligaciones derivadas de la legislación de la materia en todos sus términos. En caso de alguna duda, se proporciona los datos de contacto de esta Unidad de Transparencia, ubicada en: Cerrada Juan Jiménez Sánchez número 4, Colonia El Potrerito, C.P. 39070, Chilpancingo de los Bravo, Guerrero; teléfono 47 1 92 01 Ext. 10316 y, los correos unidad.transparencia.sesp@gmail.com y transparencia.sesesp@guerrero.gob.mx Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo. Atentamente Encargada de la Unidad de TransparenciaArchivo adjuntoDescargarFolioGRO-IP-120207724000035

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaNotoria incompetenciaTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta06/08/2024Fecha solicitud término28/06/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deGuerreroSector de la dependenciaPoder Ejecutivo