Guerrero - Ayuntamiento de Chilpancingo de los Bravo - (GRO)

Solicitud del día 27/08/2024 a la dependencia Guerrero - Ayuntamiento de Chilpancingo de los Bravo - (GRO) del órgano Guerrero

DescripciónEl día 23 de agosto de este año se abrió al público el establecimiento mercantil denominado VLTN Social Club (también conocido como VALENTINO o VALENTINO´S), en la Avenida Lázaro Cárdenas esquina con M. Arteaga, Col. Temixco, entre el restaurante 100% Natural y Domino´s Pizza. Este negocio funcionó en la calle Nueva Secundaria sin número, colonia Universal, de esta Ciudad, hasta julio de 2024, de donde tuvo que salir por quejas de los vecinos y hospitales por el ruido y el horario de funcionamiento hasta la madrugada. El negocio está ubicado en la colonia Temixco, netamente habitacional, y no cumple con las normas de construcción, de protección civil ni de medio ambiente. Las paredes del nuevo local hacia el exterior son de vidrio. No cuenta con salida de emergencia. Por lo anterior, solicitamos que nos informe lo siguiente: 1. Si el local cuenta con licencia de funcionamiento vigente y refrendada, con el nombre con que se promociona el negocio y, sobre todo, con la dirección actual, es decir avenida Lázaro Cárdenas. Solicitamos copia de esta licencia. 2. En caso de que no cuente con la licencia actualizada señalada en el punto anterior o alguno de sus elementos no corresponda con la ubicación actual, nos informe qué medidas de apremio se tomaron para evitar que este negocio funcione de forma irregular, toda vez que estos movimientos deben realizarse de forma previa a la apertura. Solicitamos copia de las actas de inspección, del procedimiento instaurado y de la orden de apremio o sanción. 3. La motivación y fundamentación jurídica para permitir y autorizar el cambio de domicilio del negocio denominado VLTN Social Club y de la licencia de funcionamiento de la colonia Universal a la colonia Temixco. Señale por favor el nombre y cargo de quien lo autorizó y de quienes firmaron la licencia. Solicitamos copia del documento en el cual se autoriza el cambio de domicilio. 4. La motivación y fundamentación jurídica para que VLTN Social Club se instale en una zona ya saturada de negocios con venta de bebidas alcohólicas y productores de altos niveles de ruido, contraviniendo la Recomendación 035/2017 de la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero, aceptada en su totalidad por el Cabildo Municipal. Señale por favor el nombre y cargo de quien hizo lo autorizó; pedimos copia del documento por el cual se aprueba la instalación de este negocio en la avenida Lázaro Cárdenas. 5. Si el establecimiento cuenta con el Dictamen de Protección Civil, en el que se haga constar la seguridad de las nuevas instalaciones y la existencia de salidas de emergencia. En caso de no contar con este documento, exigido previamente a la apertura, nos informe qué medidas de apremio o sanción se tomaron para evitar que funcione de forma irregular con el riesgo para la seguridad de los clientes. Solicitamos copia del acta de inspección y del procedimiento instaurado, en su caso. 6. Si el comercio cuenta con el Dictamen o Manifestación de Impacto Ambiental, o el documento en el que se haga constar que el nuevo local cuenta con el aislamiento acústico requerido por ley para evitar que el ruido salga al exterior. En caso de no contar con este documento, exigido previamente a la apertura, nos informe qué medidas de apremio o sanción se tomaron para evitar que funcione de forma irregular, contaminando el ambiente y violentando los derechos humanos de los vecinos. Solicitamos copia del acta de inspección, del dictamen y del procedimiento instaurado, en su caso. Adjunte por favor copia de todos y cada uno de los documentos que le dan soporte a la respuesta que nos proporcione, de forma especial el Dictamen o Evaluación de Impacto Ambiental, requisito previo a la apertura; la Licencia de Funcionamiento: la Licencia o Permiso de Construcción y el Dictamen emitido en materia de Protección Civil. Respuesta del día20/09/2024Texto de respuestaDEPENDENCIA: H. Ayuntamiento de Chilpancingo SECCIÓN: Unidad de Transparencia NÚM. DE OFICIO: 119/UT/2024. ASUNTO: Se envía información solicitada. Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, a 19 de septiembre de 2024. C. VECINOS AVENIDA LÁZARO CÁRDENAS P R E S E N T E. En alcance a la solicitud de información registrada en el Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información SISAI 2.0 de la Plataforma Nacional de Transparencia con Número de folio: 120209224000119, de fecha 29 de agosto del 2024, mediante la cual usted solicita conocer la siguiente información: El día 23 de agosto de este año se abrió al público el establecimiento mercantil denominado VLTN Social Club (también conocido como VALENTINO o VALENTINO´S), en la Avenida Lázaro Cárdenas esquina con M. Arteaga, Col. Temixco, entre el restaurante 100% Natural y Domino´s Pizza. Este negocio funcionó en la calle Nueva Secundaria sin número, colonia Universal, de esta Ciudad, hasta julio de 2024, de donde tuvo que salir por quejas de los vecinos y hospitales por el ruido y el horario de funcionamiento hasta la madrugada. El negocio está ubicado en la colonia Temixco, netamente habitacional, y no cumple con las normas de construcción, de protección civil ni de medio ambiente. Las paredes del nuevo local hacia el exterior son de vidrio. No cuenta con salida de emergencia. Por lo anterior, solicitamos que nos informe lo siguiente: 1. Si el local cuenta con licencia de funcionamiento vigente y refrendada, con el nombre con que se promociona el negocio y, sobre todo, con la dirección actual, es decir avenida Lázaro Cárdenas. Solicitamos copia de esta licencia. 2. En caso de que no cuente con la licencia actualizada señalada en el punto anterior o alguno de sus elementos no corresponda con la ubicación actual, nos informe qué medidas de apremio se tomaron para evitar que este negocio funcione de forma irregular, toda vez que estos movimientos deben realizarse de forma previa a la apertura. Solicitamos copia de las actas de inspección, del procedimiento instaurado y de la orden de apremio o sanción. 3. La motivación y fundamentación jurídica para permitir y autorizar el cambio de domicilio del negocio denominado VLTN Social Club y de la licencia de funcionamiento de la colonia Universal a la colonia Temixco. Señale por favor el nombre y cargo de quien lo autorizó y de quienes firmaron la licencia. Solicitamos copia del documento en el cual se autoriza el cambio de domicilio. 4. La motivación y fundamentación jurídica para que VLTN Social Club se instale en una zona ya saturada de negocios con venta de bebidas alcohólicas y productores de altos niveles de ruido, contraviniendo la Recomendación 035/2017 de la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero, aceptada en su totalidad por el Cabildo Municipal. Señale por favor el nombre y cargo de quien hizo lo autorizó; pedimos copia del documento por el cual se aprueba la instalación de este negocio en la avenida Lázaro Cárdenas. 5. Si el establecimiento cuenta con el Dictamen de Protección Civil, en el que se haga constar la seguridad de las nuevas instalaciones y la existencia de salidas de emergencia. En caso de no contar con este documento, exigido previamente a la apertura, nos informe qué medidas de apremio o sanción se tomaron para evitar que funcione de forma irregular con el riesgo para la seguridad de los clientes. Solicitamos copia del acta de inspección y del procedimiento instaurado, en su caso. 6. Si el comercio cuenta con el Dictamen o Manifestación de Impacto Ambiental, o el documento en el que se haga constar que el nuevo local cuenta con el aislamiento acústico requerido por ley para evitar que el ruido salga al exterior. En caso de no contar con este documento, exigido previamente a la apertura, nos informe qué medidas de apremio o sanción se tomaron para evitar que funcione de forma irregular, contaminando el ambiente y violentando los derechos humanos de los vecinos. Solicitamos copia del acta dArchivo adjuntoDescargarFolioGRO-IP-120209224000119

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de la información vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta26/09/2024Fecha solicitud término20/09/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deGuerreroSector de la dependenciaAyuntamientos