Guerrero - Ayuntamiento de Chilpancingo de los Bravo - (GRO)
Solicitud del día 20/09/2024 a la dependencia Guerrero - Ayuntamiento de Chilpancingo de los Bravo - (GRO) del órgano Guerrero
DescripciónDerivado de la solicitud con folio 120209224000107, donde argumentan que no existe Permiso, Licencia y/o Concesión del uso de suelo y áreas verdes de la calle 4 etapa 9, colonia Infonavit: ¿cuál es el procedimiento que debe realizarse para solicitar el retiro de casetas de la vía pública y cercados de malla ciclónica de las áreas verdes de dicha colonia? ¿Cuál es el tiempo de dicho procedimiento? En el supuesto de que vecinos hagan caso omiso, ¿cuál es la multa que se le impone?Respuesta del día13/11/2024Texto de respuestaDEPENDENCIA: H. Ayuntamiento de Chilpancingo. SECCIÓN: Unidad de Transparencia. NÚM. DE OFICIO: 125/UTAI/2024. ASUNTO: Se envía respuesta. Chilpancingo., Gro a 13 de noviembre del 2024 C. NORBERTO RODRÍGUEZ P R E S E N T E. En alcance a la solicitud de información registrada en el Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información SISAI 2.0 de la Plataforma Nacional de Transparencia con Número de folio: 120209224000125, de fecha 20 de septiembre del 2024, mediante la cual usted solicita conocer la siguiente información: Derivado de la solicitud con folio 120209224000107, donde argumentan que no existe Permiso, Licencia y/o Concesión del uso de suelo y áreas verdes de la calle 4 etapa 9, colonia INFONAVIT: ¿Cuál es el procedimiento que debe realizarse para solicitar el retiro de casetas de la vía pública y cercados de malla ciclónica de las áreas verdes de dicha colonia? R= debe de hacer la petición por escrito ante la Secretaría de Desarrollo Urbano, Ordenamiento y Reserva Territorial, para dar inicio al procedimiento administrativo conforme lo disponen los artículos 158, 159 y 160 de la Ley Número 790de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Guerrero y los artículos 123 Fracción XV y 130 Fracción VI, del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Chilpancingo de los Bravo, Guerrero. ¿Cuál es el tiempo de dicho procedimiento? R= Se contesta en los mismos términos del punto que nos antecede. En el supuesto de que vecinos hagan caso omiso, ¿Cuál es la multa que se le impone? R= La multa solo se impone al o los infractores de acuerdo a lo estipulado en el artículo 149 del Reglamento de Construcción para el Municipio de Chilpancingo, de los Bravo, Guerrero. En atención a su solicitud, se requirió la información a las áreas correspondientes de este H. Ayuntamiento. Adjunto oficio de respuesta número SDUORT/AJSEPT223/2024, de fecha 25 de septiembre del presente año, signado por el Lic. Federico Núñez Guzmán, Secretario de Desarrollo Urbano, Ordenamiento y Reserva Territorial. Así mismo se adjunta oficio número DG/0057/2024, de fecha 21 de octubre de 2024, signado por el Lic. Gustavo Vargas Salgado, Encargado de la Dirección de Gobernación. Quedo a sus órdenes para cualquier duda o aclaración, a través del Correo Electrónico: transparencia@chilpancingo.gob.mx o al Teléfono 7471378565 Ext. 1001 o si prefiere personalmente lo esperamos en la Unidad de Transparencia, en el 3er piso de este H. Ayuntamiento. Sin otro particular, le hago extensivo un cordial saludo. A T E N T A M E N T E LA DIRECCIÓN DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DEL H. AYUNTAMIENTO DE CHILPANCINGO DE LOS BRAVO, GRO. Archivo adjuntoDescargarFolioGRO-IP-120209224000125