Guerrero - Ayuntamiento de Xochistlahuaca - (GRO)

Solicitud del día 02/04/2024 a la dependencia Guerrero - Ayuntamiento de Xochistlahuaca - (GRO) del órgano Guerrero

DescripciónEn apego a los Artículos 6° y 16 fracción I Constitucional y los principios de máxima publicidad, simplicidad y rapidez que rigen los procedimientos de acceso a la información consagrados en los artículos 3 fracción XXX y 138 de la Ley número 207 de Transparencia y Acceso a la información Pública del Estado de Guerrero, solicito de la manera mas atenta los contratos de obra pública por el periodo del 01 de Enero de 2024 al 31 de Marzo de 2024, así como la explosión de insumos; Lo anterior al ser una obligación del Ayuntamiento establecida en el articulo 81 fracción XXVIII de la Ley numero 207 de Transparencia y Acceso a la Información Publica del Estado de Guerrero, lo anterior también se apoya en lo establecido en la fracción XXVIII de los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Titulo Quinto y en la fracción IV del articulo 31 de la Ley general de Transparencia y Acceso a la información publica, que establece lo que deben difundir los sujetos obligados en los portales de internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, sirva también todo lo que a mi derecho convenga en lo establecido en la Ley Modelo Interamericana sobre Acceso a la Información Publica. Todo lo anterior se fortalece con la tesis aislada identificada con la clave I.4o.A.40 A, ACCESO A LA INFORMACIÓN. IMPLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE MÁXIMA PUBLICIDAD EN EL DERECHO FUNDAMENTAL RELATIVO; así mismo sirva también para fundamentar mi petición los siguientes artículos 73, 74, 76, 81 fracción XXVIII, incisos a) y b), 115, 116, 122, 124 y 125 de la Ley numero 207 de Transparencia y Acceso a la Información Publica del Estado de Guerrero, Artículos 70 fracción XXVIII, incisos a) y b), 105, 111, 112 de la LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, Artículos 68, 97, cuarto y quinto párrafo, 102, 103, 106, 108 y 109, así como también sirva a mi derecho de solicitud de información los siguientes criterios de interpretación para sujetos obligados publicados por el Pleno del Instituto Nacional de Acceso a la Información: Clave de control: SO/001/2019, Materia: Acceso a la Información Pública, Acuerdo ACT-PUB/11/09/2019.06; Clave de control: SO/001/2014, Materia: Acceso a la Información pública; Clave de control: SO/008/2019, Materia: Acceso a la Información, ACUERDO ACT-PUB/11/09/2019.06. Respuesta del día03/05/2024Texto de respuestaEn alcance de la solicitud recibida con No. de Folio 121177224000006, dirigida a la Unidad de Transparencia de Ayuntamiento de Xochistlahuaca, el día 03/04/2024, nos permitimos hacer de su conocimiento que: Con fundamento en lo previsto en el artículo 143 de la Ley número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, se hace entrega de la información solicitada vía Plataforma Nacional de Transparencia.Archivo adjuntoDescargarFolioGRO-IP-121177224000006

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaSiRespuestaEntrega de la información vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta06/05/2024Fecha solicitud término03/05/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deGuerreroSector de la dependenciaAyuntamientos