Guerrero - Ayuntamiento de Acatepec - (GRO)

Solicitud del día 05/05/2024 a la dependencia Guerrero - Ayuntamiento de Acatepec - (GRO) del órgano Guerrero

DescripciónA través de este medio, solicito se me proporcione un listado de los miembros del ayuntamiento del municipio de Acatepec, especificando sus cargos (presidente municipal/síndico/regidor, etc) y el canal de contacto institucional individual mediante por el que se le puede contactar, evitando correos genéricos de ayuntamiento o números telefónicos sin extensión. Esto último se solicita con fundamento en el artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública: “En la Ley Federal y de las Entidades Federativas, se contemplará que los sujetos obligados pongan a disposición del público y mantengan actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones y objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan: VII. El directorio de todos los Servidores Públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos, realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia, y dirección de correo electrónico oficiales.” Respuesta del día22/05/2024Texto de respuestaEn relación a la solicitud enviada se le hace de su conocimiento que las obligaciones de transparencia de nuestro municipio se encuentran publicadas en el portal municipal http://acatepec.guerrero.gob.mx/ley-numero-207-de-transparencia-y-acceso-a-la-informacion-publica-del-estado-de-guerrero/, donde puede encontrar información pública perteneciente al municipio. Las obligaciones de transparencia son regidas por la Ley Número 207 De Transparencia Y Acceso A La Información Pública Del Estado De Guerrero; en el cual, la obligación descrita en su solicitud se desglosa en el artículo 81, Fracción VII. El directorio de todos los servidores públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales. Por lo que se le anexa una tabla con los datos requeridos en su solicitud de información con folio número 121296824000007.Archivo adjuntoDescargarFolioGRO-IP-121296824000007

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de la información vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta04/06/2024Fecha solicitud término22/05/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deGuerreroSector de la dependenciaAyuntamientos