Guerrero - Secretaría de Gestión Integral de Riesgo y Protección Civil - (GRO)
Solicitud del día 03/11/2023 a la dependencia Guerrero - Secretaría de Gestión Integral de Riesgo y Protección Civil - (GRO) del órgano Guerrero
DescripciónSe solicita lo siguiente: 1. Versión pública del Diagnóstico de Obras y Acciones Preliminares frente a la emergencia por el impacto del huracán Otis en Acapulco, Guerrero. 2. Toda prueba documental donde conste la integración y todas y cada una de las sesiones de trabajo del Comité de Evaluación de Daños ante la emergencia por el impacto del huracán Otis en Acapulco, Guerrero. 3. Nombre y cargo de las y los servidores públicos que integran el Comité de Evaluación de Daños ante la emergencia por el impacto del huracán Otis en Acapulco, Guerrero. 4. Versión pública de los anteproyectos de daños ante la emergencia por el impacto del huracán Otis en Acapulco, Guerrero presentados ante el Comité de Evaluación de Daños. Todo ello considerando que los documentos mencionados deben contener como mínimo: I. La denominación del Fenómeno Natural Perturbador, acorde con lo publicado en el DOF, incluyendo la fecha de su ocurrencia; II. La publicación de la Declaratoria de Desastre Natural en el DOF; III. El listado de los municipios o alcaldías afectadas; IV. La relación de los daños en el sector que corresponda, así como las acciones propuestas para su reparación con el tiempo estimado para su realización; V. Manifestar si la infraestructura pública dañada cuenta con una póliza de seguro vigente; VI. La declaración bajo protesta de decir verdad en la cual se exprese que los efectos del Fenómeno Natural Perturbador han rebasado la capacidad financiera y operativa de la Entidad Federativa para atender por sí misma, la totalidad de los mismos. Asimismo, que no hay duplicidad de acciones con otros programas o con acciones de reconstrucción previstas en otras solicitudes de recursos pendientes o en trámite, y que los recursos del Programa no son solicitados para la reparación de daños ajenos al desastre en cuestión. VII. La declaración bajo protesta de decir verdad en la cual se exprese que las obras y acciones son para atender los daños generados únicamente por el Fenómeno Natural Perturbador que fue corroborado y que no se están presentando obras o acciones por daños prexistentes o magnificados por la falta de mantenimiento. *** El listado de obras y acciones al que hace referencia el inciso I del artículo anterior, deberá incluir al menos los siguientes datos: I. Municipio o alcaldía II. Localidad III. Domicilio IV. Tipo de infraestructura pública (Federal o Estatal) V. Población afectada VI. Diagnóstico de daño VII. Acción de reconstrucción, incluyendo las que corroboren que se cumple el artículo 28 de los presentes Lineamientos VIII. Costo total estimado IX. Ejecutor X. Tiempo de ejecución en días XI. Manifestación de existencia de póliza de aseguramiento vigente XII. Si aplica, número de inventario o identificador XIII. Número de apoyos recibidos anteriormente para el mismo Fenómeno Natural Perturbador. Todo lo anterior con fundamento en los artículos 16 al 23 de los Lineamientos de Operación Específicos para atender los daños desencadenados por fenómenos naturales perturbadores. Se adjunta enlace.Otros datoshttps://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5626531&fecha=13/08/2021#gsc.tab=0Respuesta del día02/12/2023Texto de respuestaSOLICITANTE IDENTIFICADO CON LA LETRA “M” P R E S E N T E. En atención a su solicitud realizada a través de la Plataforma Nacional de Transparencia de fecha tres de noviembre del presente año, con número de folio 121347523000021; mediante la cual solicita: 1. Versión pública del Diagnóstico de Obras y Acciones Preliminares frente a la emergencia por el impacto del huracán Otis en Acapulco, Guerrero. 2. Toda prueba documental donde conste la integración y todas y cada una de las sesiones de trabajo del Comité de Evaluación de Daños ante la emergencia por el impacto del huracán Otis en Acapulco, Guerrero. 3. Nombre y cargo de las y los servidores públicos que integran el Comité de Evaluación de Daños ante la emergencia por el impacto del huracán Otis en Acapulco, Guerrero. 4. Versión pública de los anteproyectos de daños ante la emergencia por el impacto del huracán Otis en Acapulco, Guerrero presentados ante el Comité de Evaluación de Daños. Todo ello considerando que los documentos mencionados deben contener como mínimo: I. La denominación del Fenómeno Natural Perturbador, acorde con lo publicado en el DOF, incluyendo la fecha de su ocurrencia; II. La publicación de la Declaratoria de Desastre Natural en el DOF; III. El listado de los municipios o alcaldías afectadas; IV. La relación de los daños en el sector que corresponda, así como las acciones propuestas para su reparación con el tiempo estimado para su realización; V. Manifestar si la infraestructura pública dañada cuenta con una póliza de seguro vigente; VI. La declaración bajo protesta de decir verdad en la cual se exprese que los efectos del Fenómeno Natural Perturbador han rebasado la capacidad financiera y operativa de la Entidad Federativa para atender por sí misma, la totalidad de los mismos. Asimismo, que no hay duplicidad de acciones con otros programas o con acciones de reconstrucción previstas en otras solicitudes de recursos pendientes o en trámite, y que los recursos del Programa no son solicitados para la reparación de daños ajenos al desastre en cuestión. VII. La declaración bajo protesta de decir verdad en la cual se exprese que las obras y acciones son para atender los daños generados únicamente por el Fenómeno Natural Perturbador que fue corroborado y que no se están presentando obras o acciones por daños prexistentes o magnificados por la falta de mantenimiento. El listado de obras y acciones al que hace referencia el inciso I del artículo anterior, deberá incluir al menos los siguientes datos: I. Municipio o alcaldía II. Localidad III. Domicilio IV. Tipo de infraestructura pública (Federal o Estatal) V. Población afectada VI. Diagnóstico de daño VII. Acción de reconstrucción, incluyendo las que corroboren que se cumple el artículo 28 de los presentes Lineamientos VIII. Costo total estimado IX. Ejecutor X. Tiempo de ejecución en días XI. Manifestación de existencia de póliza de aseguramiento vigente XII. Si aplica, número de inventario o identificador XIII. Número de apoyos recibidos anteriormente para el mismo Fenómeno Natural Perturbador. Todo lo anterior con fundamento en los artículos 16 al 23 de los Lineamientos de Operación Específicos para atender los daños desencadenados por fenómenos naturales perturbadores. Se adjunta enlace. https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5626531&fecha=13/08/2021#gsc.tab=0. Con fundamento en el Artículo 54 Fracción II, Inciso a y g de la Ley Número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, adjunto al presente el oficio número SGIRyPC/SPyRR/307/2023 de fecha 15 de noviembre del presente año y anexos, suscrito por el Subsecretario de Prevención y Reducción de Riesgos, Ricardo Ramírez Ibarra, asimismo el oficio SGIRYPC/DGDEDFENI/095/2023 de fecha 09 de noviembre de la presente anualidad, suscrito por la Directora General para Declaratorias de Emergencia, Desastres y Fondos Estatales, Nacionales e Internacionales, Lic. Shalom Natalihe Rodríguez Ortiz, Subsecretaría y DArchivo adjuntoDescargarFolioGRO-IP-121347523000021