Guerrero - Secretaría de Gestión Integral de Riesgo y Protección Civil - (GRO)
Solicitud del día 06/11/2023 a la dependencia Guerrero - Secretaría de Gestión Integral de Riesgo y Protección Civil - (GRO) del órgano Guerrero
DescripciónDe acuerdo con la Ley General de Protección Civil, artículo 66: Cada entidad federativa creará y administrará un Fondo de Protección Civil, cuya finalidad será la de promover la capacitación, equipamiento y sistematización de las Unidades de Protección Civil de las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México. Derivado de lo anterior, solicito: • El saldo del fondo estatal al que hace referencia el artículo 66 de la Ley General de Protección Civil, al cierre de diciembre de 2016. • El saldo del fondo estatal al que hace referencia el artículo 66 de la Ley General de Protección Civil, al cierre de diciembre de 2017. • El saldo del fondo estatal al que hace referencia el artículo 66 de la Ley General de Protección Civil, al cierre de diciembre de 2018. • El saldo del fondo estatal al que hace referencia el artículo 66 de la Ley General de Protección Civil, al cierre de diciembre de 2019. • El saldo del fondo estatal al que hace referencia el artículo 66 de la Ley General de Protección Civil, al cierre de diciembre de 2020. • El saldo del fondo estatal al que hace referencia el artículo 66 de la Ley General de Protección Civil, al cierre de diciembre de 2021. • El saldo del fondo estatal al que hace referencia el artículo 66 de la Ley General de Protección Civil, al cierre de diciembre de 2022. • El saldo del fondo estatal al que hace referencia el artículo 66 de la Ley General de Protección Civil, al segundo trimestre de 2023. Asimismo, solicito: • El monto total aportado en el ejercicio fiscal 2016 al fondo estatal creado en virtud del artículo 66 de la Ley General de Protección Civil. Asimismo, solicito: • El monto total aportado en el ejercicio fiscal 2016 al fondo estatal creado en virtud del artículo 66 de la Ley General de Protección Civil. • El monto total aportado en el ejercicio fiscal 2017 al fondo estatal creado en virtud del artículo 66 de la Ley General de Protección Civil. • El monto total aportado en el ejercicio fiscal 2018 al fondo estatal creado en virtud del artículo 66 de la Ley General de Protección Civil. • El monto total aportado en el ejercicio fiscal 2019 al fondo estatal creado en virtud del artículo 66 de la Ley General de Protección Civil. • El monto total aportado en el ejercicio fiscal 2020 al fondo estatal creado en virtud del artículo 66 de la Ley General de Protección Civil. • El monto total aportado en el ejercicio fiscal 2021 al fondo estatal creado en virtud del artículo 66 de la Ley General de Protección Civil. • El monto total aportado en el ejercicio fiscal 2022 al fondo estatal creado en virtud del artículo 66 de la Ley General de Protección Civil.Respuesta del día26/11/2023Texto de respuestaC. TEODORO J. P R E S E N T E. En atención a su solicitud realizada a través de la Plataforma Nacional de Transparencia de fecha seis de noviembre del presente año, con número de folio 121347523000025; mediante la cual solicita: De acuerdo con la Ley General de Protección Civil, artículo 66: Cada entidad federativa creará y administrará un Fondo de Protección Civil, cuya finalidad será la de promover la capacitación, equipamiento y sistematización de las Unidades de Protección Civil de las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México. Derivado de lo anterior, solicito: • El saldo del fondo estatal al que hace referencia el artículo 66 de la Ley General de Protección Civil, al cierre de diciembre de 2016. • El saldo del fondo estatal al que hace referencia el artículo 66 de la Ley General de Protección Civil, al cierre de diciembre de 2017. • El saldo del fondo estatal al que hace referencia el artículo 66 de la Ley General de Protección Civil, al cierre de diciembre de 2018. • El saldo del fondo estatal al que hace referencia el artículo 66 de la Ley General de Protección Civil, al cierre de diciembre de 2019. • El saldo del fondo estatal al que hace referencia el artículo 66 de la Ley General de Protección Civil, al cierre de diciembre de 2020. • El saldo del fondo estatal al que hace referencia el artículo 66 de la Ley General de Protección Civil, al cierre de diciembre de 2021. • El saldo del fondo estatal al que hace referencia el artículo 66 de la Ley General de Protección Civil, al cierre de diciembre de 2022. • El saldo del fondo estatal al que hace referencia el artículo 66 de la Ley General de Protección Civil, al segundo trimestre de 2023. Asimismo, solicito: • El monto total aportado en el ejercicio fiscal 2016 al fondo estatal creado en virtud del artículo 66 de la Ley General de Protección Civil. Asimismo, solicito: • El monto total aportado en el ejercicio fiscal 2016 al fondo estatal creado en virtud del artículo 66 de la Ley General de Protección Civil. • El monto total aportado en el ejercicio fiscal 2017 al fondo estatal creado en virtud del artículo 66 de la Ley General de Protección Civil. • El monto total aportado en el ejercicio fiscal 2018 al fondo estatal creado en virtud del artículo 66 de la Ley General de Protección Civil. • El monto total aportado en el ejercicio fiscal 2019 al fondo estatal creado en virtud del artículo 66 de la Ley General de Protección Civil. • El monto total aportado en el ejercicio fiscal 2020 al fondo estatal creado en virtud del artículo 66 de la Ley General de Protección Civil.Archivo adjuntoDescargarFolioGRO-IP-121347523000025