Guerrero - Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas del Estado de Guerrero - (GRO)

Solicitud del día 25/07/2024 a la dependencia Guerrero - Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas del Estado de Guerrero - (GRO) del órgano Guerrero

DescripciónCon fundamento en lo dispuesto por los artículos 6 apartado A, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los numerales 7 y 10 de la Ley Número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, solicito a usted lo siguiente: 1.- ¿Cuántas víctimas inscritas hay en el Registro Estatal de Víctimas? 2.- ¿Cuántas víctimas por el delito de desaparición forzada de personas y/o desaparición de personas cometida por particulares se encuentran inscritas? Adjunte las constancias correspondientes. 3.- ¿Cuáles son las medidas de asistencia económica que supuestamente esa Comisión Ejecutiva Estatal, otorga a las víctimas indirectas por el delito de desaparición de personas? Fundamente y adjunte las constancias correspondientes que sustenten su respuesta. 4.- ¿En qué artículo de la Ley número 450 de Víctimas del Estado Libre y Soberano de Guerrero, dice que solo las víctimas indirectas por el delito de desaparición de personas, deben juntar una serie de requisitos innecesarios para "acreditar" su calidad de víctima, y las "víctimas" por otros delitos, tales como los de carácter sexual, no necesitan acreditar su calidad de "víctima" ? 5.- Que la "Maestra" Enedina Medrano Serrano, explique ¿En qué ley del marco jurídico normativo en materia de desaparición de personas, dice que este delito (desaparición de personas) es prescriptible después de varios años, aún sin que la víctima directa haya sido localizada? 6.- ¿Qué grado de estudios tiene la supuesta "Maestra" Enedina Medrano Serrano, Titular de esa Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas del Estado de Guerrero.? 7.- ¿Con qué cursos, especialidades o diplomados cuenta la "Maestra" Enedina Medrano Serrano en la materia de desaparición de personas? Adjunte currículum y sus respectivas constancias. 8.- ¿Cuál es la cantidad correspondiente a la medida de asistencia económica (pago de canasta básica) que esa Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, supuestamente otorga a los familiares víctimas de desaparición de personas? 9.- ¿En qué se basa esa Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, para establecer un monto por concepto de pago de canasta básica (asistencia económica) para las familias víctimas del delito de desaparición de personas? Funde, motive, justifique (con los ingresos que esa comisión recibe) y adjunte las constancias correspondientes para acreditar su respuesta. 10.- ¿Por qué pide documentos personales, así como cuentas bancarias de TODOS LOS INTEGRANTES de la familia del ausente, si solo entrega UN APOYO POR FAMILIA? 11.- Fundamente y motive ¿dónde dice que, los apoyos de asistencia económica se otorgan cada que se le da la gana? 12- Que la "Maestra" Enedina Medrano Serrano, me diga ¿Cómo puedo administrar y hacer rendir el pago por concepto de pago de canasta básica de dos mil pesos que recibo no cada mes, ni cada dos meses, sino cada que se le da la gana, para alimentar a una familia integrada por 4 menores de edad que tiene a uno de sus progenitores en calidad de desaparecido? 13.- ¿Qué ha pasado con todos los recursos financieros que ha recibido esa Comisión, a partir de 2022 a la fecha, mismos que se supone serían destinados para brindar más apoyos a las víctimas indirectas por desaparición de personas? Justifique con constancias, fundamentación y MOTIVACIÓN su respuesta. 14.- La "Maestra Enedina Medrano Serrano ¿Realmente conoce de las funciones que le competen? o por qué desconoce tantas conceptos básicos de su cargo y materia en la que se desempeña, ya que siempre se muestra ignorante ante diversos temas y problemáticas que se le plantean, así también, siempre revictimiza a las familias de las personas desaparecidas. La información requerida, deberá ser entregada de acuerdo a los términos establecidos en precepto legal 150 de la Ley Número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, así como deberá anexar las constancias que correspondan.Respuesta del día26/08/2024Texto de respuestaSe da respuesta a la solicitud de información mediante oficio adjuntoArchivo adjuntoDescargarFolioGRO-IP-121473124000034

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de la información vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta26/08/2024Fecha solicitud término26/08/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deGuerreroSector de la dependenciaPoder Ejecutivo