Guerrero - Oficina de la Gubernatura - (GRO)

Solicitud del día 03/09/2024 a la dependencia Guerrero - Oficina de la Gubernatura - (GRO) del órgano Guerrero

Descripciónentregue copias de contratos que se hayan firmado para difusión de las actividades del gobierno del estado con medios de comunicación en los años 2021, 2022, 2023 y lo que va del 2024 hasta la fecha de contestación de la solicitud de información. entregue copias de las facturas que el gobierno estatal ha recibido por contrato de difusión de sus actividades en medios de comunicación de los años 2021, 2022, 2023 y los que tenga del 2024 hasta la fecha de respuesta. Respuesta del día09/10/2024Texto de respuestaC. luis Daniel Nava Presente En atención a su solicitud de acceso a la información pública, con número de folio 121499024000071, recibida en ésta unidad de transparencia. Al respecto, de acuerdo con información proporcionada por la Coordinación General de Comunicación Social el día 03 de octubre de 2024, informo a usted lo siguiente: “En atención a su oficio No. OG/UT/125/2024, de fecha 04 de septiembre del año en curso, mediante el cual remite la solicitud de información con número de folio 121499024000071; informo a usted que, de acuerdo a la naturaleza jurídica que nos rige en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero número 242; a la Coordinación General de Comunicación Social, le corresponden atribuciones muy específicas mencionadas en las siguientes fracciones: * XIII. Conducir y evaluar las tareas de comunicación social de la Oficina de la persona titular del Poder Ejecutivo y coordinar en esta materia, las acciones de las secretarías, dependencias, entidades paraestatales y demás instituciones reguladas por esta Ley. * XIV. Coordinar, con el apoyo de las secretarías, dependencias, entidades paraestatales y demás instituciones reguladas por esta Ley, a través de la instancia directamente responsable, la realización de programas o campañas específicas de comunicación social, en términos de las disposiciones aplicables, así como la emisión de boletines y comunicados que se difundirán por los medios de comunicación. * XV. Coordinar la atención, clasificación y acreditación de los medios de comunicación, con las diversas modalidades de expresión; * XXVII. Atender la formulación, regulación y conducción de la política de comunicación social del gobierno del estado y las relaciones con los medios masivos de información. Por lo anterior, tanto la Oficina de la Gubernatura, como esta Coordinación General, no están facultadas para celebrar convenios, ni emitir pagos por concepto de gastos de publicidad; por lo que, dicha Coordinación General no genera la información que solicita el ciudadano, debido a que no es atribución de esta. Cabe señalar que, solicitaremos al pleno del ITAlGro se modifique la tabla de aplicabilidad debido a que, la Fracción XXIII "Gastos relativos a comunicación social y publicidad", por ley no nos aplica.” De conformidad con el Artículo 155, de la Ley Número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero el cual menciona que: “Cuando las unidades de transparencia determinen la notoria incompetencia por parte de los sujetos obligados, dentro del ámbito de su aplicación, para atender la solicitud de acceso a la información, deberán comunicarlo al solicitante, dentro de los tres días posteriores a la recepción de la solicitud y, en caso de poderlo determinar, señalar al solicitante el o los sujetos obligados competentes.” Derivado de que la información para dar respuesta a ésta solicitud se recibió el 03 de octubre, se imposibilitó a ésta Unidad de Transparencia para dar respuesta en el periodo indicado en el artículo 155. Por lo anterior informo a usted, de conformidad con el Artículo 57, Fracciones I y II de la Ley Número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, que en sesión de Comité de Transparencia se confirmó la declaración de notoria incompetencia para dar respuesta a ésta solicitud. Por lo antes expuesto, con fundamento en el Artículo 155 párrafo primero de la Ley Número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, se sugiere amablemente dirigir su solicitud por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia a la Secretaría de Finanzas y Administración. En espera de que la información sea de ayuda, ponemos a sus órdenes el correo electrónico de ésta unidad: pnt.oficinadelagobernadora@gmail.com para cualquier duda o aclaración. Sin más por el momento, le reitero las seguridades de mi atenta consideración institucional. Atentamente Lic. J. Efraín Zúñiga LeyvaArchivo adjuntoDescargarFolioGRO-IP-121499024000071

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de la información vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta09/10/2024Fecha solicitud término09/10/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deGuerreroSector de la dependenciaPoder Ejecutivo