Guanajuato - San Felipe - (GTO)
Solicitud del día 29/10/2024 a la dependencia Guanajuato - San Felipe - (GTO) del órgano Guanajuato
Descripciónconforme a la ley de gobiernos en guanajuato y respecto a las Atribuciones de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial Artículo 88. La Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial tendrá las siguientes atribuciones: I. Evaluar el cumplimiento de las disposiciones que en materia de medio ambiente le correspondan al municipio; II. Opinar sobre las medidas para el uso racional de los recursos naturales; III. Proponer medidas tendentes a la debida protección de la flora y fauna existente en el municipio; IV. Participar en la elaboración del Programa Municipal de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial; y V. Las demás que le señale el Ayuntamiento, esta Ley u otras disposiciones. me permito solicitar se informe cuales son las acciones que se han realizado por la comision en relacion con la evaluacion, opinion, de la preservacion del medio ambiente, asimismo me permito solicitar se infome si la comision de la cual se a señalado, conoce y participa activamente en la cuestion de la elaboracion del programa municipal de desarrollo urbano y ordenamiento ecologico territorialOtros datosComisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico TerritorialRespuesta del día05/11/2024Texto de respuestaEstimado Solicitante: En respuesta a su solicitud con número de folio interno 5336 y 110197900046524 otorgado por la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) y dando cumplimiento a los Artículos 2 fracciones I y II, 3, 4, 6, 12, 13, 15, 16, 17, 22, 27 fracción VIII, 47, 48 fracciones I, II, III y VI, 59, 82 y 92 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Guanajuato. Hago de su conocimiento la información que hizo llegar a esta Unidad de Transparencia el regidor y presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial. Anexo oficio con respuesta. Se le hace de su conocimiento que podrá interponer por escrito o a través de medios electrónicos establecidos para ello, por sí mismo, o través de su representante legal recurso de revisión ante el Instituto de Acceso a la Información Pública del Estado de Guanajuato o ante esta Unidad de Transparencia, dentro de los quince días hábiles siguientes a la notificación o al vencimiento del plazo para entregar la información sin que se le haya dado respuesta al solicitante. Lo anterior con fundamento en los artículos 48 fracción II, III y VI, 82, 83, 85, 89, 95, 97 y 141 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Guanajuato. Dado en el domicilio de la Unidad de Transparencia del Municipio de San Felipe, Gto., a los 05 días del mes de noviembre de 2024. Archivo adjuntoDescargarFolioGTO-IP-110197900046524