Guanajuato - Poder Ejecutivo - (GTO)
Solicitud del día 20/08/2024 a la dependencia Guanajuato - Poder Ejecutivo - (GTO) del órgano Guanajuato
DescripciónLic. Myriam García Vargas Unidad de Enlace del SABES P R E S E N T E A través de este conducto y con fundamento en los artículos: 3, las fracciones V, VI, VII, IX y XII del artículo 7, 10, 11, 12, 16, 18, 19, 23, 24 fracciones XV, XVI, XXVI, XXVII y XLIII del artículo 26, las fracciones I, II, IV, XII y XIV del artículo 27, 82, 83, 91 y 94 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Guanajuato; los artículos: 2 fracciones I, III y IV, el artículo 4 fracciones III, V, X, XVIII, XXII, XXIV, XXVI. XXVII, XXXI, XLVIII, 6, 7, 8, las fracciones I, II y III del artículo 13,14, 19, las fracciones I y II del artículo 31, 42, 46, 47 y 97 fracciones II y VII de la Ley de Archivos del Estado de Guanajuato; los artículos: 7 fracciones I, III y VII y 62 de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato; los artículos:14 fracción III, el 43 fracciones I y IV, así como el 76 del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato y las fracciones IX, XI y XIV del artículo 42 y los artículos 51 y 52 del Reglamento Interior del SABES. Derivado que el depósito de las prestaciones y los beneficios sindicales se realiza mediante depósito bancario efectuado por el SABES y que dicha nómina es administrada por el departamento de administración y finanzas del sujeto obligado, es decir: el sujeto obligado es intermediario entre el trabajador y el sindicato, se solicita, para los ejercicios fiscales 2018-2022: 1. El monto anual (desglosado por trabajador sindicalizado) que el SABES, como intermediario entre el trabajador y el sindicato, depositó a los trabajadores vía nómina por los siguientes beneficios y prestaciones sindicales: a. Estudios de hijos de trabajadores (cláusula trigésima tercera del Contrato Colectivo de Trabajo (CCT)). b. Estudios de trabajadores (cláusula trigésima tercera del CCT). c. Foros, Congresos, Eventos de Profesionalización y Similares (cláusula trigésimo cuarta del CCT). d. Aparatos ortopédicos y lentes (cláusula trigésimo quinta del CCT). e. Gastos funerarios (cláusula trigésimo sexta del CCT). f. Eventos Deportivos y Culturales (cláusula trigésimo séptima del CCT). g. Útiles escolares (cláusula trigésimo octava del CCT). h. Fiesta de aniversario del sindicato y/u obsequio del día del maestro (cláusula trigésimo novena del CCT). i. Celebración de matrimonio civil (cláusula cuadragésima del CCT). j. Nacimiento de hijos (cláusula cuadragésima primera del CCT). k. Obsequios por aniversario del sindicato (cláusula cuadragésima segunda del CCT). l. Becas para estudios de posgrado (cláusula cuadragésima tercera del CCT). m. Lo concerniente a la cláusula sexagésima del CCT. Del mismo modo, por las razones que se indican en los ordenamientos legales mencionados previamente, se solicita que la información se proporcione en formato ELECTRÓNICO, A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA. En caso de requerir el pago por reproducción de la información, no hay inconveniente en realizarlo siempre y cuando la información se proporcione en formato electrónico a través de la PNT, en el entendido que la comunicación entre las Unidades de Enlace y la Unidad de Transparencia del Poder Ejecutivo se realiza en dicho formato. Quedo de ustedRespuesta del día30/08/2024Texto de respuestaSe anexa respuestaArchivo adjuntoDescargarFolioGTO-IP-111100500293524