Hidalgo - Poder Judicial del Estado de Hidalgo - (HGO)

Solicitud del día 02/02/2024 a la dependencia Hidalgo - Poder Judicial del Estado de Hidalgo - (HGO) del órgano Hidalgo

DescripciónSolicito la siguiente información, para los años 2022 y 2023, desglosada por año y distrito judicial: HOMICIDIO DOLOSO 1. Número de causas penales gestionadas por el delito de homicidio doloso durante el año (independientemente de su fecha de inicio). 2. Número total de sentencias dictadas por el delito de homicidio doloso. 3. Número de sentencias condenatorias por el delito de homicidio doloso dictadas en proceso abreviado. 4. Número de sentencias condenatorias por el delito de homicidio doloso dictadas en juicio oral. 5. Número de de sentencias absolutorias por el delito de homicidio doloso. FEMINICIDIO 6. Número de causas penales gestionadas por el delito de feminicidio durante el año (independientemente de su fecha de inicio). 7. Número total de sentencias dictadas por el delito de feminicidio. 8. Número de sentencias condenatorias por el delito de feminicidio dictadas en proceso abreviado. 9. Número de sentencias condenatorias por el delito de feminicidio dictadas en juicio oral. 10. Número de de sentencias absolutorias por el delito de feminicidio.Respuesta del día21/02/2024Texto de respuestaPachuca de Soto, Hidalgo, 21 de febrero de 2024 Oficio: OF/UT/209/24 Clave archivística: PJEH0323*8C.17.2 David Mattiace Usuario de la Plataforma Nacional de Transparencia P r e s e n t e En contestación a su solicitud de acceso a la información ingresada vía Plataforma Nacional de Transparencia registrada con el número de folio 130218400004424, en términos de lo dispuesto en los artículos 4 fracción XXVII y 129 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo, se hace de su conocimiento que la misma se tramitó ante la Coordinación de Planeación y Programas, del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Hidalgo, por lo que toda vez que dicha área ha emitido la respuesta correspondiente, en términos de ley, se anexa la misma, haciendo las siguientes precisiones: La información contenida en los sistemas estadísticos o bases de datos del Poder Judicial es pública y puede ser proporcionada a los particulares en atención a las solicitudes de información que se presenten; no obstante, la información requerida por cada peticionario únicamente es posible entregarla conforme al grado de desagregación en el que se encuentre capturada en las plataformas informáticas de dichos sistemas o bases de datos; en ese sentido, los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial del Estado de Hidalgo generan estadística judicial con base en sus funciones y facultades, considerando la utilidad pública de la información y en la medida de las capacidades institucionales, posibilidades humanas y tecnológicas. En ese sentido, la Coordinación de Planeación y Programas hace saber que, por lo que respecta a su cuestionamiento en que solicita “causas penales gestionadas”, la información se proporciona de las causas penales ingresadas, en virtud de que la respuesta se emite conforme obra e sus bases de datos o archivos sin necesidad de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de información. Dichas determinaciones, tienen sustento en el criterio de interpretación para los sujetos obligados, reiterado vigente, SO/03/2017 de la Segunda Época, emitido por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), de rubro y texto siguientes: “No existe obligación de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de acceso a la información”. Los artículos 129 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 130, cuarto párrafo, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, señalan que los sujetos obligados deberán otorgar acceso a los documentos que se encuentren en sus archivos o que estén obligados a documentar, de acuerdo con sus facultades, competencias o funciones, conforme a las características físicas de la información o del lugar donde se encuentre. Por lo anterior, los sujetos obligados deben garantizar el derecho de acceso a la información del particular, proporcionando la información con la que cuentan en el formato en que la misma obre en sus archivos; sin necesidad de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de información.” Así como en el criterio orientador, reiterado histórico SO/11/2009 de la Primera Época, emitido por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), que se lee: “La información estadística es de naturaleza pública, independientemente de la materia con la que se encuentre vinculada. Considerando que la información estadística es el producto de un conjunto de resultados cuantitativos obtenidos de un proceso sistemático de captación de datos primarios obtenidos sobre hechos que constan en documentos que las dependencias y entidades poseen, derivado del ejercicio de sus atribuciones, y que el artículo 7, fracción XVII de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental establece que los sujetos obligados deberán poner a disposición ...Archivo adjuntoDescargarFolioHGO-IP-130218400004424

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInformación disponible vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta04/03/2024Fecha solicitud término21/02/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deHidalgoSector de la dependenciaPoder Judicial