Hidalgo - Poder Judicial del Estado de Hidalgo - (HGO)
Solicitud del día 21/02/2024 a la dependencia Hidalgo - Poder Judicial del Estado de Hidalgo - (HGO) del órgano Hidalgo
Descripción¿Como, a base de que criterios, se establece, en que fechas el valor catastral de la propiedad en cuestió?Otros datosNotaria 3, Volumen Uno. No.: Diecinueve. Pag. 209 a la 222. Con Fecha: 24 de Junio de 1981. Av Melchor Ocampo No 7, Tepeji de Ocampo, Hidalgo. Testimonio de escritura: Contrato de compraventa del bien inmueble denominado ""Rancho de Trojes"" hoy ¨Loma de enmedio"", ubicado en el barrio de San Mateo, Segunda sección, de esta cabecera municipal de Tepeji del Rio de Ocampo, Hidalgo, a favor de la ""Sociedad Cooperativa de Vivienda de los trabajadores de la secretaría de relaciones exteriores"", S.C.L. Ante el Lic. Edgar Pérez Paz, Notario Público No. 3, del Distrito Judicial de Tula de Allende, Estado de Hidalgo con residencia en esta Ciudad de Tepeji del Rio.Respuesta del día26/02/2024Texto de respuestaPachuca de Soto, Hidalgo, 26 de febrero de 2024 Oficio: OF/UT/218/24 Clave archivística: PJEH0323*8C.17.2 Fabio Enrique Martínez-Amor Diestel Usuario de la Plataforma Nacional de Transparencia P r e s e n t e En contestación a su solicitud de información ingresada vía Plataforma Nacional de Transparencia y registrada con el número de folio 13021840007624, mediante la cual pide: “¿Como, a base de que criterios, se establece, en que fechas el valor catastral de la propiedad en cuestió? Datos complementarios: Notaria 3, Volumen Uno. No.: Diecinueve. Pag. 209 a la 222. Con Fecha: 24 de Junio de 1981. Av Melchor Ocampo No 7, Tepeji de Ocampo, Hidalgo. Testimonio de escritura: Contrato de compraventa del bien inmueble denominado "Rancho de Trojes" hoy ¨Loma de enmedio", ubicado en el barrio de San Mateo, Segunda sección, de esta cabecera municipal de Tepeji del Rio de Ocampo, Hidalgo, a favor de la "Sociedad Cooperativa de Vivienda de los trabajadores de la secretaría de relaciones exteriores", S.C.L. Ante el Lic. Edgar Pérez Paz, Notario Público No. 3, del Distrito Judicial de Tula de Allende, Estado de Hidalgo con residencia en esta Ciudad de Tepeji del Rio.” Con fundamento en la fracción XXVII del artículo 4, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo, hago de su conocimiento que esta Unidad de Información Pública Gubernamental no se encuentra en posibilidad de proporcionarle la información requerida, en razón de la incompetencia determinada por el Comité de Transparencia, atendiendo a la función que tiene prevista en la fracción II del artículo 40 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo, de conformidad con lo siguiente: En términos de lo establecido en los artículos 5, 6, 9, 17 y 18 de la Ley de Catastro del Estado de Hidalgo, el Catastro es el sistema de información territorial, integrado tanto por registros, gráficos, geométricos, vectoriales y raster, así como numéricos o alfanuméricos, los cuales contienen datos referentes al inventario de los predios, valores de infraestructura y equipamiento urbano, y entre otros objetivos, tiene el elaborar e integrar la cartografía catastral de la Entidad, identificando los predios ubicados en el territorio conforme a sus características cuantitativas y cualitativas. Asimismo, le corresponde a la Dirección de Catastro o la unidad administrativa municipal que ejerza facultades en la materia, inscribir en el Padrón Catastral del Municipio, los predios que se ubiquen dentro de su circunscripción territorial y asignarles la respectiva clave única catastral, determinar y asignar los valores catastrales correspondientes a cada predio y efectuar la investigación de valores del mercado inmobiliario, así como de la infraestructura, equipamiento urbano y costos de construcciones que servirán de base para la elaboración de la propuesta de tablas de valores unitarios de suelo y construcciones, entre otros, y serán los encargados de proporcionar la información y documentación relativa a su función. Asimismo, en términos del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el municipio libre está investido de personalidad jurídica y maneja su patrimonio conforme a la ley. Por todo lo anterior, este sujeto obligado no está en posibilidad de proporcionar la información solicitada, relacionada con el inmueble denominado "Rancho de Trojes" hoy “Loma de en medio” ubicado en el municipio de Tepeji del Rio de Ocampo, Hidalgo. Por lo anterior, a manera de orientación, se hace saber, que el sujeto obligado que pudiera dar contestación a su solicitud de información, es el municipio en que se ubique el bien inmueble. Por otra parte, el Poder Judicial del Estado de Hidalgo, es un órgano encargado de la impartición de justicia, de la aplicación de las leyes en los asuntos jurisdiccionales en materia civil, familiar, mercantil, laboral, penal, especializada en justicia para adolescentes y jArchivo adjuntoDescargarFolioHGO-IP-130218400007624