Hidalgo - Poder Judicial del Estado de Hidalgo - (HGO)
Solicitud del día 25/03/2024 a la dependencia Hidalgo - Poder Judicial del Estado de Hidalgo - (HGO) del órgano Hidalgo
DescripciónPor medio del presente, me permito pedir de su apreciable apoyo a fin de que se informe al suscrito lo siguiente: PREGUNTAS 1. La Poder Judicial de esa Entidad Federativa implementa o ha implementado en algún o algunos procedimientos judiciales sin importar la materia, para la toma de declaraciones o entrevistas de niñas, niños y adolescentes, algún tipo de personaje virtual apoyado en las herramientas tecnológicas virtuales. 2. De ser afirmativa la pregunta anterior, se pregunta lo siguiente: a) Qué instrumento jurídico lo regula (Lineamiento, Circular, Reglamento, entre otros). b) Qué nombre tiene el personaje virtual. c) Qué Unidad y/o Área de ese Poder Judicial opera el Programa. d) En que materias(as) --Penal, Civil, Administrativo o Laboral-- lo aplica ese Poder Judicial. e) En cuantos procesos (expedientes) y en que materias se ha implementado el personaje virtual. I. De ser afirmativa la pregunta anterior, se pregunta lo siguiente: I.I. A partir de los procesos (expedientes) en las que se ha implementado el personaje virtual, cuántas terminaron con sentencia definitiva. Respuesta del día08/04/2024Texto de respuestaPachuca de Soto, Hidalgo, 08 de abril de 2024 Oficio: OF/UT/367/24 Clave archivística: PJEH0323*8C.17.2 Francisco H. G. Usuario de la Plataforma Nacional de Transparencia P r e s e n t e En contestación a su solicitud de acceso a la información ingresada vía Plataforma Nacional de Transparencia registrada con el número de folio 130218400011724, en la que solicitó: “Por medio del presente, me permito pedir de su apreciable apoyo a fin de que se informe al suscrito lo siguiente: PREGUNTAS 1. La Poder Judicial de esa Entidad Federativa implementa o ha implementado en algún o algunos procedimientos judiciales sin importar la materia, para la toma de declaraciones o entrevistas de niñas, niños y adolescentes, algún tipo de personaje virtual apoyado en las herramientas tecnológicas virtuales. 2. De ser afirmativa la pregunta anterior, se pregunta lo siguiente: a) Qué instrumento jurídico lo regula (Lineamiento, Circular, Reglamento, entre otros). b) Qué nombre tiene el personaje virtual. c) Qué Unidad y/o Área de ese Poder Judicial opera el Programa. d) En que materias(as) --Penal, Civil, Administrativo o Laboral-- lo aplica ese Poder Judicial. e) En cuantos procesos (expedientes) y en que materias se ha implementado el personaje virtual. I. De ser afirmativa la pregunta anterior, se pregunta lo siguiente: I.I. A partir de los procesos (expedientes) en las que se ha implementado el personaje virtual, cuántas terminaron con sentencia definitiva.” Se tramitaron ante la Comisión de Carrera Judicial y Justicia Alternativa del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Hidalgo, por lo que una vez emitida la contestación respectiva se adjunta al presente mediante oficio PHEH-3.28*8C.17.2/098/2024, haciendo las siguientes precisiones: Derivado de la respuesta proporcionada por la Comisión de Carrera Judicial y Justicia Alternativa, a través de la Coordinación de los Consejos de Familia del Poder Judicial del Estado de Hidalgo, se sabe que la respuesta a la pregunta 2 inciso “b”, es información que se encuentra restringida al acceso del público, por tener el carácter de confidencial. Por lo anterior, el Comité de Transparencia del Poder Judicial del Estado de Hidalgo, atendiendo a la función que tiene prevista en la fracción II del artículo 40 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo, resolvió confirmar la clasificación de información confidencial, respecto al nombre del personaje virtual, en razón de lo siguiente: Si bien, el derecho humano de acceso a la información comprende solicitar, investigar, difundir, buscar y recibir información; toda la información generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de los sujetos obligados es pública y accesible a cualquier persona en los términos y condiciones que se establezcan en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales debidamente ratificados por el Estado Mexicano, la Constitución Política para el Estado de Hidalgo, la Ley General y la ley Estatal en materia de transparencia, como lo establece el artículo 5 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo; existen excepciones a este acceso como lo es la información clasificada como reservada y confidencial en términos del numeral 98 de la citada ley de trasparencia....Archivo adjuntoDescargarFolioHGO-IP-130218400011724