Hidalgo - Poder Judicial del Estado de Hidalgo - (HGO)
Solicitud del día 17/05/2024 a la dependencia Hidalgo - Poder Judicial del Estado de Hidalgo - (HGO) del órgano Hidalgo
DescripciónQue tal buen día quisiera de la manera mas atenta su amable participación para encontrar o solicitar las ley estatal de derechos del 2019 a 2023Respuesta del día20/05/2024Texto de respuestaPachuca de Soto, Hidalgo, 20 de mayo de 2024 Oficio: OF/UT/478/24 Clave archivística: PJEH0323*8C.17.2 Daniel Arellano Espinoza Usuario de la Plataforma Nacional de Transparencia P r e s e n t e En contestación a su solicitud de información ingresada vía correo electrónico y registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia con el número de folio 130218400016024, mediante la cual pide: “Que tal buen día quisiera de la manera mas atenta su amable participación para encontrar o solicitar las ley estatal de derechos del 2019 a 2023” Con fundamento en la fracción XXVII del artículo 4, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo, hago de su conocimiento que esta Unidad de Transparencia no se encuentra en posibilidad de proporcionarle la información requerida, en razón de la incompetencia determinada por el Comité de Transparencia, atendiendo a la función que tiene prevista en la fracción II del artículo 40 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo, de conformidad con lo siguiente: En términos del artículo 26, de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, el Poder del Estado en el ejercicio de sus funciones, se divide en Legislativo, Ejecutivo y Judicial; sin embargo, no pueden reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación. En ese tenor, el Poder Legislativo local se deposita en un órgano que se denomina Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, y es el que tiene la facultad de expedir leyes en su régimen de competencia, como lo es la Ley Estatal de Derechos que pide, conforme lo prevén los artículos 28 y 56 fracción I de la Constitución Política del Estado de Hidalgo. Por otra parte, cabe señalar que el Poder Judicial del Estado de Hidalgo, en términos de lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Hidalgo, se integra por los siguientes órganos: I. Jurisdiccionales: a) El Tribunal Superior de Justicia y Juzgados del Fuero Común; b) El Tribunal de Justicia Administrativa; y c) El Tribunal Laboral. II. Administrativo: El Consejo de la Judicatura; y III. No Jurisdiccional: El Centro Estatal de Justicia Alternativa, con autonomía técnica y adscrito administrativamente al Consejo de la Judicatura. Con base en lo anterior, y como puede observarse en el organigrama de la institución, el cual puede ser consultado en la página electrónica del Poder Judicial del Estado de Hidalgo http://www.pjhidalgo.gob.mx, el Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, no forma parte de la estructura orgánica de este sujeto obligado; por tal motivo, no es facultad de este Poder Judicial, procesar la información solicitada. Además, el Poder Judicial del Estado de Hidalgo es un órgano encargado de la impartición de justicia, de la aplicación de las leyes en los asuntos jurisdiccionales en materia civil, familiar, de responsabilidades administrativas, laboral, extinción de dominio, fiscal, administrativo, especializada en justicia para adolescentes, penal y mercantil, del fuero común; así como en materia federal cuando las leyes lo faculten; mas no de expedir las leyes como la Ley Estatal de Derechos; por ende, con base en las facultades y funciones que realiza, de conformidad con lo establecido en el numeral 127 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo, no es posible proporcionar la información requerida...Archivo adjuntoDescargarFolioHGO-IP-130218400016024