Hidalgo - Poder Judicial del Estado de Hidalgo - (HGO)

Solicitud del día 23/06/2024 a la dependencia Hidalgo - Poder Judicial del Estado de Hidalgo - (HGO) del órgano Hidalgo

Descripción-Solicito toda la información sobre el predio ubicado detrás de la Casa de la Tercera Edad, en Pachuca, Hidalgo, incluyendo escrituras que acreditan que se trata de propiedad pública -Solicito oficios y toda la documentación disponible sobre las acciones que ha tomado el gobierno municipal y estatal para la recuperación del predio antes citado, en la colonia La Palma: incluyendo medidas legales, funcionarios públicos involucrados y otras acciones puntuales -Solicito oficios y toda la información disponible sobre el despliegue de fuerzas policiacas durante la manifestación de los vecinos de La Palma en la carretera México-Pachuca el día 21 de junio del 2024 -Solicito todas las acciones que se han implementado a la fecha como parte de la minuta de trabajo sostenida con los vecinos de La Palma para la recuperación del predio en comentoOtros datoshttps://hidalgo.quadratin.com.mx/sucesos/habitantes-de-la-palma-pachuca-firman-acuerdo-con-gobierno-estatal/ https://aldianoticias.mx/2024/06/22/disputa-por-predios-en-la-palma-genero-bloqueo-de-la-mexico-pachuca/Respuesta del día25/06/2024Texto de respuestaPachuca de Soto, Hidalgo, 25 de junio de 2024 Oficio: OF/UT/638/24 Clave archivística: PJEH0323*8C.17.2 JAGUAR JUSTICIERO Usuaria o usuario de la Plataforma Nacional de Transparencia P r e s e n t e En contestación a su solicitud de información ingresada vía Plataforma Nacional de Transparencia y registrada con el número de folio 130218400020324, mediante la cual pide: “Solicito toda la información sobre el predio ubicado detrás de la Casa de la Tercera Edad, en Pachuca, Hidalgo, incluyendo escrituras que acreditan que se trata de propiedad pública -Solicito oficios y toda la documentación disponible sobre las acciones que ha tomado el gobierno municipal y estatal para la recuperación del predio antes citado, en la colonia La Palma: incluyendo medidas legales, funcionarios públicos involucrados y otras acciones puntuales -Solicito oficios y toda la información disponible sobre el despliegue de fuerzas policiacas durante la manifestación de los vecinos de La Palma en la carretera México-Pachuca el día 21 de junio del 2024 -Solicito todas las acciones que se han implementado a la fecha como parte de la minuta de trabajo sostenida con los vecinos de La Palma para la recuperación del predio en comento Datos complementarios: https://hidalgo.quadratin.com.mx/sucesos/habitantes-de-la-palma-pachuca-firman-acuerdo-con-gobierno-estatal/ https://aldianoticias.mx/2024/06/22/disputa-por-predios-en-la-palma-genero-bloqueo-de-la-mexico-pachuca/” Con fundamento en la fracción XXVII del artículo 4, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo, hago de su conocimiento que esta Unidad de Transparencia no se encuentra en posibilidad de proporcionarle la información requerida, en razón de la incompetencia determinada por el Comité de Transparencia, atendiendo a la función que tiene prevista en la fracción II del artículo 40 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo, de conformidad con lo siguiente: En términos del artículo 3 de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, este se encarga entre otras cosas, de permitir a las personas que lo soliciten, los asientos que obren en los libros del Registro Público y de los documentos relacionados con las inscripciones que estén archivados, así como certificar la existencia o inexistencia de asientos sobre bienes, la situación jurídica de los mismos y derechos en los que se declare, reconozca, adquiera, transmita, modifique, limite, grave o extinga la propiedad o posesión originaria de bienes raíces, o cualquier derecho real sobre los mismos, o que sin serlo sea inscribible. Asimismo, dicho Registro es un Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Gobierno, con autonomía técnica y financiera, con base en lo establecido en el numeral 4 de la Ley previamente citada. Por otra parte, con fundamento en los numerales 40 fracción I y XII de la Ley Orgánica de la Administración Publica para el Estado de Hidalgo y 16 fracción IV de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Hidalgo, la Secretaria de Seguridad Publica se encuentra facultada para organizar el orden público, proteger a las personas, sus bienes y sus derechos y prevenir la comisión de delitos e infracciones administrativas entre otras. Derivado de lo anterior, con base en el artículo 17 fracción I y XII, de la Ley Orgánica de la Administración Publica para el Estado de Hidalgo, la Secretaría de Gobierno y la Secretaria de Seguridad Pública, son unas de las Secretarías de Gabinete del Poder Ejecutivo del Estado que integran la Administración Pública Central, razón por la cual no genera la información sobre acciones para recuperar el predio mencionado....Archivo adjuntoDescargarFolioHGO-IP-130218400020324

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaSugerir otra dependenciaTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta22/07/2024Fecha solicitud término25/06/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deHidalgoSector de la dependenciaPoder Judicial