Hidalgo - Poder Judicial del Estado de Hidalgo - (HGO)
Solicitud del día 31/07/2024 a la dependencia Hidalgo - Poder Judicial del Estado de Hidalgo - (HGO) del órgano Hidalgo
DescripciónEjerciendo mi derecho a la información pública solicito se atienda la petición adjuntaRespuesta del día06/08/2024Texto de respuestaPachuca de Soto, Hidalgo, 06 de agosto de 2024 Oficio: OF/UT/729/24 Clave archivística: PJEH0323*8C.17.2 Paula Sánchez Usuaria de la Plataforma Nacional de Transparencia P r e s e n t e En contestación a su solicitud de información ingresada vía Plataforma Nacional de Transparencia y registrada con el número de folio 130218400023124, mediante la cual pide: “Ejerciendo mi derecho a la información pública solicito se atienda la petición adjunta Desde el 1 de octubre de 2019 y hasta la fecha de recepción de esta solicitud -o el corte más reciente- solicito se me informe: - ¿Cuántas denuncias han recibido por el mal manejo o irregularidades en la operación del programa social "La Escuela es Nuestra? Favor de proporcionar los detalles -en versión pública y digital- de cada uno de los casos de los cuales se tenga conocimiento. - ¿Cuántas carpetas de investigación tienen abiertas por el mal manejo o irregularidades en la operación del programa social "La Escuela es Nuestra? Favor de proporcionar los detalles -en versión pública y digital- de cada uno de los casos de los cuales se tenga conocimiento.” Con fundamento en la fracción XXVII del artículo 4, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo, hago de su conocimiento que esta Unidad de Transparencia no se encuentra en posibilidad de proporcionarle la información requerida, en razón de la incompetencia determinada por el Comité de Transparencia, atendiendo a la función que tiene prevista en la fracción II del artículo 40 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo, de conformidad con lo siguiente: En términos del artículo 21, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de lo establecido en los numerales 89 y 90 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, la investigación de los delitos es competencia del Ministerio Público el cual es, institución de buena fe, representante del interés social, con autonomía técnica y administrativa para garantizar su independencia en la emisión de las determinaciones, y su competencia se basa en conducir la investigación de actos o hechos que puedan constituir algún delito como el mal manejo o irregularidades en la operación del programa social "La Escuela es Nuestra, así como resolver sobre el ejercicio de la acción penal, ordenando las diligencias pertinentes y útiles para demostrar, o no, la existencia de un hecho que la ley señale como delito y la responsabilidad de quien lo cometió o participó en su comisión, cuando resulte procedente, e ir conformando así el registro de las actuaciones, la carpeta de investigación. Aunado a lo anterior, el Ministerio Público del Estado es la instancia encargada de recibir las denuncias o querellas, sobre hechos que puedan constituir algún delito, como el mal manejo o irregularidades en la operación del programa social "La Escuela es Nuestra”, con base en lo establecido en el artículo 131 fracción II y III del Código Nacional de Procedimientos Penales. Empero, el Ministerio Público del Estado, es único, indivisible, y jerárquico en su organización; en sus funciones no puede ser influido, ni restringido por ninguna otra autoridad o instancia, tal como lo establece el artículo 2 de la Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Hidalgo; derivado de ello, orgánicamente no depende o forma parte del Poder Judicial sino de la Fiscalía General de Justicia (anteriormente denominada Procuraduría General de Justicia); razón por la cual, no genera la información solicitada de las denuncias o carpetas de investigación por el mal manejo o irregularidades en la operación del programa social "La Escuela es Nuestra”....Archivo adjuntoDescargarFolioHGO-IP-130218400023124