Hidalgo - Poder Judicial del Estado de Hidalgo - (HGO)

Solicitud del día 16/08/2024 a la dependencia Hidalgo - Poder Judicial del Estado de Hidalgo - (HGO) del órgano Hidalgo

Descripción“Informe, cuantas demandas se emitieron por daño moral, año por año del periodo 2006 a 2024, y desglose cuantas fueron resueltas por sentencia.Respuesta del día06/09/2024Texto de respuestaPachuca de Soto, Hidalgo, 06 de septiembre de 2024 Oficio: OF/UT/975 /24 Clave archivística: PJEH0323*8C.17.2 Eugenia Martínez Usuaria de la Plataforma Nacional de Transparencia P r e s e n t e En contestación a su solicitud de acceso a la información ingresada vía Plataforma Nacional de Transparencia registrada con el número de folio 130218400025024, en términos de lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo, sus cuestionamientos relativos a: “Informe, cuantas demandas se emitieron por daño moral, año por año del periodo 2006 a 2024, y desglose cuantas fueron resueltas por sentencia.” Se tramitó ante la Coordinación de Planeación y Programas del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Hidalgo, por lo que toda vez que dicha área ha emitido la respuesta, en términos de ley, se adjunta la misma mediante oficio PJEH-3.3.22*11C.11.9/135/2024 haciendo las siguientes precisiones: La contestación emitida por la Coordinación de Planeación y Programas, se emite conforme obra en sus bases de datos o archivos. Dicha determinación, tiene sustento en el criterio de interpretación para los sujetos obligados, reiterado vigente, SO/03/2017 de la Segunda Época, emitido por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), de rubro y texto siguientes: “No existe obligación de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de acceso a la información”. Los artículos 129 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 130, cuarto párrafo, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, señalan que los sujetos obligados deberán otorgar acceso a los documentos que se encuentren en sus archivos o que estén obligados a documentar, de acuerdo con sus facultades, competencias o funciones, conforme a las características físicas de la información o del lugar donde se encuentre. Por lo anterior, los sujetos obligados deben garantizar el derecho de acceso a la información del particular, proporcionando la información con la que cuentan en el formato en que la misma obre en sus archivos; sin necesidad de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de información.” En tal virtud, y con base en el artículo 130 de la Ley en mención, se da por concluido el trámite de solicitud de información ante el Poder Judicial al haberse emitido la respuesta correspondiente. En caso de tener cualquier duda o aclaración, puede contactarse por medio del correo electrónico: transparencia@pjhidalgo.gob.mx o bien, al teléfono 771 71 790 00 extensión 9546. ATENTAMENTE Licda. Yessica Ramírez Ordaz Encargada de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado de Hidalgo RAOGArchivo adjuntoDescargarFolioHGO-IP-130218400025024

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInformación disponible vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta13/09/2024Fecha solicitud término06/09/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deHidalgoSector de la dependenciaPoder Judicial