Hidalgo - Poder Judicial del Estado de Hidalgo - (HGO)
Solicitud del día 08/10/2024 a la dependencia Hidalgo - Poder Judicial del Estado de Hidalgo - (HGO) del órgano Hidalgo
DescripciónSolicito conocer cuántas personas reportadas como desaparecidas y/o no localizadas han sido encontradas en prisiones (centros de reinserción social, CERESOs y CEFERESOs) de 2006 al 30 de septiembre del 2024 . Favor de desglosar por año e indicar:¿ Lugar de origen¿ Sexo¿ Edad al reportarse la desaparición¿ Edad al ser localizado/a¿ Lugar donde fue localizado/a¿ Autoridad que reportó la localización Favor de NO remitir al RNPEDNO, ya que no se encuentra la información solicitada en dicha plataforma.Respuesta del día09/10/2024Texto de respuestaPachuca de Soto, Hidalgo, 09 de octubre de 2024 Oficio: OF/UT/1153/24 Clave archivística: PJEH0323*8C.17.2 Aranzazu Ayala Persona usuaria de la Plataforma Nacional de Transparencia P r e s e n t e En contestación a su solicitud de información ingresada vía Plataforma Nacional de Transparencia y registrada con el número de folio 130218400032624, mediante la cual pide: “Solicito conocer cuántas personas reportadas como desaparecidas y/o no localizadas han sido encontradas en prisiones (centros de reinserción social, CERESOs y CEFERESOs) de 2006 al 30 de septiembre del 2024 . Favor de desglosar por año e indicar:¿ Lugar de origen¿ Sexo¿ Edad al reportarse la desaparición¿ Edad al ser localizado/a¿ Lugar donde fue localizado/a¿ Autoridad que reportó la localización Favor de NO remitir al RNPEDNO, ya que no se encuentra la información solicitada en dicha plataforma.” Con fundamento en la fracción XXVII del artículo 4, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo, hago de su conocimiento que esta Unidad de Transparencia no se encuentra en posibilidad de proporcionarle la información requerida, en razón de la incompetencia determinada por el Comité de Transparencia, atendiendo a la función que tiene prevista en la fracción II del artículo 40 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo, de conformidad con lo siguiente: En términos del artículo 21, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de lo establecido en los numerales 89 y 90 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, la investigación de los delitos es competencia del Ministerio Público el cual es, institución de buena fe, representante del interés social, con autonomía técnica y administrativa para garantizar su independencia en la emisión de las determinaciones, y su competencia se basa en conducir la investigación de actos o hechos que puedan constituir algún delito, como la desaparición de personas, así como resolver sobre el ejercicio de la acción penal, ordenando las diligencias pertinentes y útiles para demostrar, o no, la existencia de un hecho que la ley señale como delito y la responsabilidad de quien lo cometió o participó en su comisión, cuando resulte procedente, e ir conformando así el registro de las actuaciones, la carpeta de investigación. Aunado a lo anterior, el artículo 11 fracción II, de la Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Hidalgo, dicho representante social para el despacho de los asuntos de su competencia podrá integrarse, entre otros, con las Fiscalías Especializadas, como lo es la Fiscalía Especializada para la Investigación y Persecución de Delitos de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares, que tiene entre otras atribuciones las de recibir denuncias, investigación y persecución de los delitos de desaparición forzada de personas y de la desaparición cometida por particulares como lo previenen los numerales PRIMERO y SEGUNDO del ACUERDO 01/2018 por el cual se crea la referida Fiscalía Especializada Asimismo, el Ministerio Público es una institución jerárquica en su organización, en sus funciones no podrá ser influido ni restringido por ninguna otra autoridad o instancia para garantizar su independencia en la emisión de las determinaciones de su competencia, tal como lo establece el numeral 2 de la Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Hidalgo; derivado de ello, el Ministerio Público, orgánicamente no depende o forma parte del Poder Judicial sino de la Fiscalía General de Justicia (anteriormente denominada Procuraduría General de Justicia); razón por la cual, no genera la información solicitada de la Fiscalía Estatal. ...Archivo adjuntoDescargarFolioHGO-IP-130218400032624