Hacer tu solicitud
Pidala.info no recibe solicitudes. Puedes hacer la tuya, gratis, a Hidalgo - Ixmiquilpan - (HGO). Así se hace:
- Elige por dónde. En la Plataforma Nacional de Transparencia, en la Unidad de Transparencia de la dependencia, por correo electrónico o por correo postal.
- Describe la información que buscas. Sé concreto: qué documentos, de qué periodo y de qué área. No tienes que decir para qué la quieres.
- Indica cómo quieres recibirla (consulta directa, copias o medio electrónico) y un medio para recibir avisos. En la Plataforma los avisos llegan por la misma plataforma.
- Guarda el folio. Es el número con el que das seguimiento a tu solicitud.
- Espera la respuesta. El plazo es de hasta 20 días, ampliable 10 más con justificación. Si te piden aclarar o completar tu solicitud, el plazo vuelve a empezar cuando respondas.
- Costos. Pedir es gratis. Solo pueden cobrar copias, envío o certificación, y hasta 20 hojas simples la entrega no tiene costo.
- Si no te responden o no estás de acuerdo, tienes 15 días para presentar un recurso de revisión ante la autoridad garante (en el Gobierno Federal, Transparencia para el Pueblo) o ante la Unidad de Transparencia.
Antes de escribir, revisa en Pidala.info cómo se preguntó antes a esta dependencia: las solicitudes que obtuvieron información son buenos modelos. No copies datos personales de otras personas.
Según la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (2025), artículos 14, 15, 124 a 127, 130, 134, 143 y 144.
📑Hidalgo - Ixmiquilpan - (HGO)
Solicitud del día 24/05/2024 a la dependencia Hidalgo - Ixmiquilpan - (HGO) del órgano Hidalgo
- Solicitud24/05/2024
- Fecha límite21/06/2024
- Respuesta06/06/2024
Solicitud
DescripciónA los integrantes del ayuntamiento de Ixmiquilpan hidalgo regidores y sindicos y presidentes Que han hecho ayuntamiento con respecto a la solicitud de la información que se le solicito y no dieron contestación evadiendo mediante un dicatamen y sol o respondieron lo siguiente La oficialía mayor remitió al pleno del ayuntamiento mediante oficio AMI/039/2024, en donde se remite copia simple del dictamen AMI/CPTAIP/001/2024 relativo a la solicitud de información 130221400003024, emitido por la comisión permanente de transparencia y acceso a la información pública a efecto de dar cumplimiento a lo establecido en el resolutivo segundo del dictamen antes citado. Solocito darle seguimiento al presente y al anterior solicitud de informacion ya que esta dentro de sus funciones como regidores que están plasmados en la constiticion mexicana y constitución del estado asi como otras leyes PROMETIERON RESPETAR LA LEY ¡Quiero saber su determinación y que sancionen toda corrupción y le den vista a la fiscalia de corrupción en el estado? No respuestas evasivas de su responsabilidad no ditamenes deben asumir su responsabilidad los servidores públicos y si no lo hacen ustedes estrían incubrinedolos y haciendo complices. ¿Porque al del director del mercado lo inhabilitaron muy rápido y lo sancionaron y hasta la carcelo lo enviaron y a esta persona no. si esta robo que desvio recursos y peculado es pregunta? Esta persona desvio recuros y peculado y no fue sancionada según porque reparo el daño una cosa es que según si reparo pero otra como lo sancionan en la adminitracion están encubriendo o quizá les dio dinero y por eso evadenRespuesta
Respuesta del día06/06/2024Texto de respuestaDependencia: Unidad de Municipal de Transparencia y Acceso A la información del Ayuntamiento de Ixmiquilpan, Hidalgo. No. de Oficio: UTAIX/06/06/2024 Asunto: Respuesta a solicitud de información 130221400004124. Ixmiquilpan, Hidalgo; a 06 de junio de 2024. C. Anónimo ([email protected]) P R E S E N T E Con relación a su solicitud recibida vía Plataforma Nacional de Transparencia, por la Unidad de Transparencia del Ayuntamiento de Ixmiquilpan, Hidalgo, el 24 de mayo de 2024 a las 13:50:22 horas, con folio número 130221400004124 con fundamento en los artículos: 5, 7, 8, 13, 14, 16, 17, 19, 20, 22, 23, 119, 120, 124,125, 127,129, 130, 133 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo y artículos 57, 59 y 62 del Reglamento de la misma Ley, esta Unidad de Transparencia da respuesta conforme a lo siguiente: A los integrantes del ayuntamiento de Ixmiquilpan hidalgo regidores y sindicos y presidentes Que han hecho ayuntamiento con respecto a la solicitud de la información que se le solicito y no dieron contestación evadiendo mediante un dicatamen y sol o respondieron lo siguiente La oficialía mayor remitió al pleno del ayuntamiento mediante oficio AMI/039/2024, en donde se remite copia simple del dictamen AMI/CPTAIP/001/2024 relativo a la solicitud de información 130221400003024, emitido por la comisión permanente de transparencia y acceso a la información pública a efecto de dar cumplimiento a lo establecido en el resolutivo segundo del dictamen antes citado. Solocito darle seguimiento al presente y al anterior solicitud de informacion ya que esta dentro de sus funciones como regidores que están plasmados en la constiticion mexicana y constitución del estado asi como otras leyes PROMETIERON RESPETAR LA LEY ¡Quiero saber su determinación y que sancionen toda corrupción y le den vista a la fiscalia de corrupción en el estado? No respuestas evasivas de su responsabilidad no ditamenes deben asumir su responsabilidad los servidores públicos y si no lo hacen ustedes estrían incubrinedolos y haciendo complices. ¿Porque al del director del mercado lo inhabilitaron muy rápido y lo sancionaron y hasta la carcelo lo enviaron y a esta persona no. si esta robo que desvio recursos y peculado es pregunta? Esta persona desvio recuros y peculado y no fue sancionada según porque reparo el daño una cosa es que según si reparo pero otra Después de haber realizado un análisis respecto de la solicitud de información la contraloría municipal a través la Unidad Municipal de Transparencia y Acceso a la Información del Ayuntamiento de Ixmiquilpan, Hidalgo dan respuesta de acuerdo a lo siguiente: • La Asamblea Municipal está enterada del expediente del que se solicita información, sin embargo, dentro de sus facultades no se encuentra dar seguimiento a una investigación por faltas administrativas; esto sólo es facultad de la Autoridad Investigadora de la Contraloría Municipal, quien en el ejercicio de esta se encuentra realizando las investigaciones correspondientes y una vez que tenga recabadas todas las pruebas tanto de carga como de descarga estará en posición de emitir su informe de Presunta Responsabilidad Administrativa, remitiendo en el tiempo oportuno a la Autoridad Substanciadora en los términos de Ley General de Responsabilidades Administrativas. • Por cuanto a su pregunta relacionada sobre el Director del Mercado y su inhabilitación, cabe precisar, que cada uno de los expedientes de investigación tiene su particularidad y que el desarrollo de las diligencias depende de situaciones, hechos y causas distintas, por lo que, no se puede hacer una comparativa de ambos precisamente por su características específicas. • Por la aseveración que hace sobre el encubrimiento o la entrega de dinero y evasión, que realiza en forma de pregunta, (RESUMEN)Archivo adjuntoDescargarRespuestaInformación disponible vía PNTTipo de respuesta (agrupación de Pidala.info)Entrega de información en el medio indicadoMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTDatos adicionales
FolioHGO-IP-130221400004124EstatusTerminadaTipo de solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaPrórrogaNoPrevenciónNoDisponibilidadNoQuejaNoFecha límite de respuesta21/06/2024Fecha de término de la solicitud06/06/2024Órgano garanteHidalgoSector de la dependenciaAyuntamientosEnlaces
Fuentes de datos
Plataforma Nacional de Transparencia (PNT)
Solicitudes de acceso a la información publicadas por los sujetos obligados en la PNT. Pidala.info las publica tal como aparecen en la PNT, sin modificaciones.
Última importación de estos datos18/11/2024