Hidalgo - Ixmiquilpan - (HGO)
Solicitud del día 21/08/2024 a la dependencia Hidalgo - Ixmiquilpan - (HGO) del órgano Hidalgo
DescripciónDe conformidad con el articulo 28bis de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo, que dice: ARTÍCULO 28 BIS.- El Ayuntamiento podrá establecer un Observatorio Ciudadano para conocer, analizar, dar seguimiento, en su caso evaluar y emitir opinión respecto de las políticas públicas y de interés de la población, con enfoque de derechos humanos y perspectiva de género. Su creación y funcionamiento se sujetará a la normatividad que expida el Ayuntamiento. Quienes integren el Observatorio Ciudadano desempeñarán sus actividades de manera honorífica, respetando la paridad de género, la interculturalidad y fomentando la presencia de personas jóvenes. Por lo que quiero saber si el municipio tiene establecido algún observatorio ciudadano. SI O NO En caso de ser afirmativo, señala desde cuando está instalado, quienes son sus integrantes actuales, como está integrado, si tiene informe de actividades y cuál es la normatividad que regula su funcionamiento. remitir en formato pdf la normatividad que regule el funcionamiento. En caso de ser negativo, señalar las causas por las cuales no se tiene observatorio ciudadano. Del mismo modo, quiero señalar de los años que se tiene registro, ¿si en algún momento los habitantes del municipio han presentado alguna propuesta de iniciativa para modificar o crear el marco normativo municipal (bandos municipales, reglamentos, lineamiento, y/o circulares, etc )? SI o no En caso de ser afirmativo, señalar quien presento la propuesta, y en que consistía la propuesta, que dispoción jurídica se pretende modificar o crear y si cual es el status de la iniciativa. Otros datosDe conformidad con el articulo 28bis de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo, que dice: ARTÍCULO 28 BIS.- El Ayuntamiento podrá establecer un Observatorio Ciudadano para conocer, analizar, dar seguimiento, en su caso evaluar y emitir opinión respecto de las políticas públicas y de interés de la población, con enfoque de derechos humanos y perspectiva de género. Su creación y funcionamiento se sujetará a la normatividad que expida el Ayuntamiento. Quienes integren el Observatorio Ciudadano desempeñarán sus actividades de manera honorífica, respetando la paridad de género, la interculturalidad y fomentando la presencia de personas jóvenes. Por lo que quiero saber si el municipio tiene establecido algún observatorio ciudadano. SI O NO En caso de ser afirmativo, señala desde cuando está instalado, quienes son sus integrantes actuales, como está integrado, si tiene informe de actividades y cuál es la normatividad que regula su funcionamiento. remitir en formato pdf la normatividad que regule el funcionamiento. En caso de ser negativo, señalar las causas por las cuales no se tiene observatorio ciudadano. Del mismo modo, quiero señalar de los años que se tiene registro, ¿si en algún momento los habitantes del municipio han presentado alguna propuesta de iniciativa para modificar o crear el marco normativo municipal (bandos municipales, reglamentos, lineamiento, y/o circulares, etc )? SI o no En caso de ser afirmativo, señalar quien presento la propuesta, y en que consistía la propuesta, que dispoción jurídica se pretende modificar o crear y si cual es el status de la iniciativa.Respuesta del día23/08/2024Texto de respuestaC. Anónimo (transparenciahgo292@gmail.com) P R E S E N T E Con relación a su solicitud recibida vía Plataforma Nacional de Transparencia, por la Unidad de Transparencia del Ayuntamiento de Ixmiquilpan, Hidalgo, el 21 de agosto de 2024 a las 14:48:31 horas, con folio número 130221400006024 con fundamento en los artículos: 5, 7, 8, 13, 14, 16, 17, 19, 20, 22, 23, 119, 120, 124,125, 127,129, 130, 133 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo y artículos 57, 59 y 62 del Reglamento de la misma Ley, esta Unidad de Transparencia da respuesta conforme a lo siguiente: De conformidad con el articulo 28bis de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo, que dice: ARTÍCULO 28 BIS.- El Ayuntamiento podrá establecer un Observatorio Ciudadano para conocer, analizar, dar seguimiento, en su caso evaluar y emitir opinión respecto de las políticas públicas y de interés de la población, con enfoque de derechos humanos y perspectiva de género. Su creación y funcionamiento se sujetará a la normatividad que expida el Ayuntamiento. Quienes integren el Observatorio Ciudadano desempeñarán sus actividades de manera honorífica, respetando la paridad de género, la interculturalidad y fomentando la presencia de personas jóvenes Por lo que quiero saber si el municipio tiene establecido algún observatorio ciudadano. SI O NO En caso de ser afirmativo, señala desde cuando está instalado, quienes son sus integrantes actuales, como está integrado, si tiene informe de actividades y cuál es la normatividad que regula su funcionamiento. remitir en formato pdf la normatividad que regule el funcionamiento. En caso de ser negativo, señalar las causas por las cuales no se tiene observatorio ciudadano. Del mismo modo, quiero señalar de los años que se tiene registro, ¿si en algún momento los habitantes del municipio han presentado alguna propuesta de iniciativa para modificar o crear el marco normativo municipal (bandos municipales, reglamentos, lineamiento, y/o circulares, etc )? SI o no En caso de ser afirmativo, señalar quien presento la propuesta, y en que consistía la propuesta, que dispoción jurídica se pretende modificar o crear y si cual es el status de la iniciativa. Después de haber realizado un análisis respecto de la solicitud de información la Unidad Municipal de Transparencia y Acceso a la Información del Ayuntamiento de Ixmiquilpan, Hidalgo da respuesta de acuerdo a lo siguiente: Con forme a la solicitud de información en lo que va de la presente administración la ciudadanía no ha tenido a bien conformar algún observatorio ciudadano.Archivo adjuntoDescargarFolioHGO-IP-130221400006024