Hidalgo - Pachuca de Soto - (HGO)
Solicitud del día 07/02/2024 a la dependencia Hidalgo - Pachuca de Soto - (HGO) del órgano Hidalgo
DescripciónEn relación a respuesta a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, registrada con el número de folio 130223000001924: Solicito a la Presidencia Municipal de Pachuca a través de la Secretaria de Seguridad Pública, Transito y Protección Civil Municipal lo siguiente: Si el Honorable Ayuntamiento, y con la finalidad de permitir el libre ACCESO y SALIDA de los colonos, SOLÓ INSTALÓ 2 señalamientos restrictivos de estacionamiento prohibido al exterior del fraccionamiento, 1 señalamiento restrictivo de estacionamiento prohibido en el camellón central para incorporación de carril y 1 señalamiento restrictivo de no de frente en camellón central. ¿Qué autoridad instalo la demás señalética en el resto del recorrido de la avenida? ¿Es necesario y viable el uso de TODA la avenida para el beneficio de los colonos? ¿Una colonia puede "adueñarse de la calle" con el atropello a los demás ciudadanos para la permisibilidad o no de estacionamiento?. En relación a la LEY GENERAL DE MOVILIDAD Y SEGURIDAD VIAL Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de mayo de 2022, y en apego a los siguientes párrafos: XLI. Personas con movilidad limitada: Toda persona cuya movilidad se ha reducido por motivos de edad, embarazo y alguna otra situación que, sin ser una discapacidad, requiere una atención adecuada y la adaptación a sus necesidades particulares en el servicio. XX. Uso prioritario de la vía o del servicio. Concientizar a personas usuarias de la vía y transporte público sobre la necesidad que tienen las personas con discapacidad, las personas con movilidad limitada y quien les acompaña, de usar en determinadas circunstancias, las vías de manera PREFERENCIAL con el fin de garantizar su seguridad. ¿Tienen prioridad los habitantes de una colonia causando DISCRIMINACIÓN unos ciudadanos sobre otros? ¿El uso de las oficinas instaladas en paralelo a dicha avenida por personas con discapacidad, movilidad limitada y/o como simples usuarios no deberá contar con espacios azules y/o cajones señalados para estacionamiento? ¿Es viable señalar únicamente la restricción en la entrada y salida de la misma colonia con líneas continuas para restricción de estacionamiento y permitir el resto de la avenida para estacionamiento de los demás ciudadanos? En relación al Nuevo Reglamento de Tránsito y Vialidad para el Municipio de Pachuca de Soto., ¿fueron contemplados los siguientes artículos Artículo 14, 21? ¿Tiene de conocimiento la SSPyTM que las oficinas federales adyacentes en su mayoría son de usuarios trabajadores, pensionados y jubilados de TODO el estado de Hidalgo? Agradezco su gentil atención. Respuesta del día21/02/2024Texto de respuestaLa Unidad de Transparencia del Municipio de Pachuca de Soto reitera su compromiso de servirle, en atención a su solicitud se adjunta archivo con la respuesta correspondiente. Atentamente Unidad de Transparencia Municipio de Pachuca de Soto uiap@pachuca.gob.mx 01 (771) 6.88.11.61Archivo adjuntoDescargarFolioHGO-IP-130223000003824