Hidalgo - Instituto Estatal Electoral - (HGO)
Solicitud del día 30/04/2024 a la dependencia Hidalgo - Instituto Estatal Electoral - (HGO) del órgano Hidalgo
DescripciónPor este medio, se solicita de la manera más respetuosa y amable, aclarando que el motivo de la presente solicitud es para fines únicamente académicos, en donde se busca realizar un estudio de los mecanismos de democracia directa en el país, la siguiente información: ÚNICO. Histórico de los mecanismos de participación ciudadana que se han implementado en el estado, desde la expedición de la Ley sobre la materia vigente en el estado, a la fecha. Se suplica informar: a) la fecha de la presentación de la solicitud del mecanismo, b) quien o quienes la presentaron, c) materia sobre la que versó, d) si cumplió con los requisitos de ley, e) si se llevo a cabo la consulta y f) si fue vinculante o no el resultado. Los mecanismos a los que me refiero pueden ser, por señalar algunos, el plebiscito, referéndum, iniciativa popular etc. Le agradezco de antemano la atención a la presente solicitud. Respuesta del día07/05/2024Texto de respuestaEsta Unidad de Información da respuesta conforme a lo proporcionado y signado por la Lic. Katy Marlen Aguilar Guerrero, Directora Ejecutiva de Equidad De Género y Participación Ciudadana. Único: Histórico de los mecanismos de participación ciudadana que se han implementado en el estado desde la expedición de la ley sobre la materia vigente a la fecha. La participación ciudadana es el derecho que tenemos las y los ciudadanos para intervenir en las decisiones que toman nuestros gobernantes, en el entendido de que la voluntad de la ciudadanía es la base del poder público. La participación ciudadana está regulada por el Artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por el Artículo 5 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, por la Ley de Revocación de Mandato del Estado de Hidalgo, publicada el 22 de agosto de 2023 y por la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Hidalgo, publicada el 16 de febrero de 2015; desde entonces y hasta la fecha, únicamente se ha llevado a trámite, en el año 2022, el mecanismo de democracia directa denominado Iniciativa Ciudadana. ¿Quién o quiénes lo presentaron? La iniciativa ciudadana fue presentada ante la Presidencia de la Mesa Directiva del Congreso del Estado de Hidalgo el 13 de diciembre del año 2021, por una ciudadana hidalguense, cuyos datos se reserva esta autoridad, en atención a los Artículos 7 y 8 de la Ley de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados para el estado de Hidalgo. El 14 de diciembre del mismo año, fue turnada a este Instituto Electoral, a efecto de verificar lo que establece el inciso a) del artículo 128 Bis de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Hidalgo, con respecto de que hubiere sido suscrita, en un número equivalente a cuando menos el cero punto trece por ciento de la lista nominal de electores. Para ello se firmó un Convenio de Colaboración, que puede consultarse en el siguiente enlace: http://ieehidalgo.org.mx/images/sesiones/2022/febrero/10022122/IEEHCG0062022.pdf ¿Materia sobre la que versó? La iniciativa tuvo como fin, reformar los artículos 179 y 180 del Código Penal del Estado de Hidalgo y derogar los artículos 185, 186 y 187, respecto del tema de violencia sexual contra las mujeres. ¿Cumplió con los requisitos de ley? El 11 de mayo de 2022, la Secretaría Ejecutiva rindió ante el Pleno del Consejo General, un informe por el que se da cuenta del cumplimiento de los requisitos relacionados con la iniciativa ciudadana. Mismo que puede Usted consultar en la siguiente liga: http://ieehidalgo.org.mx/images/sesiones/2022/mayo/11052022/INFORMEINICIATIVACIUDADANA.pdf ¿Se llevó a cabo la consulta? y si ¿fue vinculante o no el resultado? Por lo que toca al desarrollo y conclusión de esta iniciativa, se conoce que se publicó en el Periódico Oficial, una última Reforma al Artículo 179 del Código Penal para el Estado de Hidalgo, con fecha 29 de marzo de 2023, la cual, podrá Usted revisar, en el enlace que sigue: http://www.congreso-hidalgo.gob.mx/biblioteca_legislativa/leyes_cintillo/Codigo%20Penal%20para%20el%20Estado%20de%20Hidalgo.pdf Finalmente le compartimos que si bien, ni la Constitución Política del Estado de Hidalgo, ni la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Hidalgo contemplan el ejercicio del Presupuesto Participativo entre los instrumentos que regulan; con base en el artículo 8 Ter de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo, que define el presupuesto participativo como un instrumento de participación ciudadana, mediante el cual, las y los vecinos del Municipio deciden sobre la aplicación de un porcentaje del presupuesto de egresos municipal para proyectos de infraestructura o servicios para la mejora de sus comunidades; en el artículo 56 Bis se menciona que de acuerdo con su capacidad presupuestal, el Municipio, podrá instrumentar la figura de presupuesto participativo como mecanismo de participación ciudadana, conforme a la legislación vigenteArchivo adjuntoDescargarFolioHGO-IP-130227200008424