Hidalgo - Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Municipio de Mineral de la Reforma

Solicitud del día 19/10/2024 a la dependencia Hidalgo - Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Municipio de Mineral de la Reforma del órgano Hidalgo

Descripciónproporcionarme el directorio de cómo se encuentra conformado el sindicato, incluyendo miembros propietarios y suplentes, fecha en el cargo y remuneración mensual bruta.Respuesta del día24/10/2024Texto de respuesta Mineral de la Reforma Hgo., a 23 de octubre del 2024 Dependencia: Sindicato de Mineral de la Reforma Oficio: SUTSMMR/030/2024. C. Karla Guadalupe Peredo Méndez PRESENTE: Sean estas líneas portadoras de un cordial y afectuoso salud, en atención a su solicitud citada al rubro, de fecha 19 de octubre del 2024, recibida en la Unidad de Transparencia del Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Municipio de Mineral de la Reforma, formulada a través de la Plataforma Nacional de Transparencia y con fundamento en los artículos 5,7,8,13,14, 16, 17, 19, 21, 22, 119, 120, 124, 125, 127, 130 y 134 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo, hago de su conocimiento que la información que usted solicita es ambigua por lo cual le sugerimos ser más específica en lo que requiere ya que no es clara la pregunta. Ahora bien, esta dependencia solo podrá responder peticiones que sean de su competencia y solo estará obligado a entregar documentos que se encuentren en los archivos que le corresponda conocer y no así de la información contenida en posesión de los demás Sujetos Obligados señalados por la multicitada Ley y/o información que por su propio carácter este sujeto este imposibilitado de proporcionar conforme a su origen. En caso de inconformidad con la respuesta, le informamos que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo, establece en su artículo 142, que el solicitante podrá interponer, dentro de los 15 días siguientes a la fecha de notificación de la respuesta o del vencimiento del plazo para su notificación, por sí mismo o a través de un representante, el recurso de revisión ante el ITAIH cuando se cumpla alguno de los supuestos señalados en el artículo 140 del mismo ordenamiento legal. Sin más por el momento quedo de usted atento a cualquier duda o aclaración al respecto. ATENTAMENTE ALELI PONTAZA ESCAMILLA TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Archivo adjuntoDescargarFolioHGO-IP-133022800000824

Datos adicionales

EstatusDesechada por falta de respuesta del ciudadanoTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónDispositivo móvilprorrogaNoprevencionSidisponibilidadNoquejaNoRespuestaRequerir datos de solicitud por ser ambigua o incompletaTipo de respuestaFALTA DE TRAMITEMedio de entregaCorreo electrónicoFecha limite de respuesta19/11/2024Fecha solicitud término24/10/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deHidalgo