Jalisco - DIF Municipal de Cuautitlán de Garcia Barragán

Solicitud del día 25/09/2023 a la dependencia Jalisco - DIF Municipal de Cuautitlán de Garcia Barragán del órgano Jalisco

Descripción1. ¿Como se llama la autoridad laboral que resuelve las controversias entre las autoridades públicas y sus trabajadores en el Estado? 2. ¿Cuál es el decreto de creación o disposición legal que le da origen a la AUTORIDAD LABORAL BUROCRATICA? 3. ¿Es una autoridad laboral autónoma o depende de algún Poder del Estado? 4. ¿Cuáles son las leyes que la autoridad laboral burocrática aplica en sus procedimientos? 5. ¿Como se encuentra estructurado orgánicamente esta autoridad laboral que resuelve juicios burocráticos? 6. ¿Cuántos son los operarios (número de trabajadores) que prestan sus servicios para esta autoridad laboral burocrática? 7. ¿Qué preparación académica obligatoria debe de tener los operarios del sistema laboral burocrático? 8. ¿Cuentan con programas mensuales de capacitación y adiestramiento de estos operarios de derecho laboral burocrático? 9. ¿Cuál es el número aproximado de juicios laborales burocráticos registrados en los años 2020, 2021, 2022 y 2023 en el Estado? 10. ¿Aproximadamente con cuantos servidores públicos cuenta todo el Estado? Contabilizando a los trabajadores de base, confianza, eventuales, centralizados, y otros que presten sus servicios personales subordinados en los poderes y/o municipios y/o descentralizadas y/o autonomas y que pueden ser usuarios del servicio del tribunal laboral burocrático. 11. El nuevo sistema de justicia laboral anunciado por el artículo 123 Constitucional y su ley reglamentaria Ley Federal del Trabajo, en relación a los nuevos Tribunales laborales especializados dependientes del Poder Judicial. ¿También se aplica en los juicios laborales burocráticos del Estado? 12. ¿Existe laguna razón legal de la distinción al derecho de la tutela jurídica efectiva entre los trabajadores de la iniciativa privada (art.123 Apartado A de nuestra Carta Magna) y los trabajadores al servicio del Estado? 13. ¿Considera que el procedimiento aplicado a las contiendas laborales burocráticas es igual de efectivo, al nuevo sistema de justicia laboral? 14. ¿Considera que los juicios en el derecho burocrático del Estado requieren de alguna actualización legislativa y cuál sería el sentido? 15. ¿Cuál sería el sujeto obligado para dar respuesta a estas preguntas, si no es Usted? Otros datosEs referente a las contiendas laborales burocráticas del Estado. Identificar a la autoridad resolutora, su creación legislativa, visualizar necesidades de profesionalización, mejoras y actualización a la tutela jurídica efectiva destinados a los trabajadores al servicio del Estado y/o municipio y/o descentralizados y/o autónomas.Respuesta del día13/09/2024Texto de respuestaAl respecto es AFIRMATIVO, con fundamento en el ARTICULO 86.1 FRACCION I, de la Ley de Transparencia y Acceso a la información pública del estado de Jalisco y sus municipios, por la EXISTENCIA en DOCUMENTOS relativos a la información solicitada, por lo cual se le INFORMA: En respuesta a su solicitud, se le informa que lo solicitado es información inexistente en el SISTEMA DIF DE CUAUTITLÁN DE GARCÍA BARRAGÁN, JALISCO, derivado de la naturaleza de sus funciones en base al decreto de creación, mismo que puede ser consultado en el siguiente link : https://cuautitlan.sapumu.com/dif/informacion-focalizada-y-proactiva/estrados-digitales/88 ,además se le hace de su conocimiento que toda la información referente al SISTEMA DIF MUNICIPAL DE CUAUTITLAN DE GARCIA BARRAGAN, y se encuentra debidamente publicada en la página oficial, en el siguiente link: https://cuautitlan.sapumu.com/dif, donde encontrara las áreas que conforman el SISTEMA DIF, así como los titulares, las actividades que en ella se realizan de manera mensual, informes trimestrales, relación oficios emitidos y oficios recibidos, los manuales de cada una de las áreas y demás información referente a los proyectos y acciones realizadas en base a sus facultades y obligaciones. Aunado a lo anterior esta UNIDAD DE TRANSPARENCIA hace de su conocimiento que la información referente a las áreas y departamentos que forman parte del SISTEMA DIF DE CUAUTITLAN DE GARCIA BARRAGAN JALISCO, puede ser consultada en el portal oficial https://cuautitlan.sapumu.com/dif/areas , artículo 70 fracción 4. Las metas y objetivos de las Áreas de conformidad con sus programas operativos; a). El Plan General Institucional del poder, organismo o municipio correspondiente, con las modificaciones de cuando menos los últimos tres años; b). Los programas operativos anuales, de cuando menos los últimos tres años; c). Los manuales de organización; Se publican en un solo link manuales UNIFICADOS, los incisos C) al G) d). Los manuales de operación; Se publican en un solo link manuales UNIFICADOS, los incisos C) al G) e). Los manuales de procedimientos; Se publican en un solo link manuales UNIFICADOS, los incisos C) al G) f). Los manuales de servicios; Se publican en un solo link manuales UNIFICADOS, los incisos C) al G) g). Los protocolos; Se publican en un solo link manuales UNIFICADOS, los incisos C) al G) h). Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados; y i). Los demás instrumentos normativos internos aplicables; donde podrá descargar DOCUMENTOS QUE CONTIENEN LA INFORMACION SOLICITADA, en los cuales el C.SOLICITANTE puede REALIZAR SU BUSQUEDA, puesto que el DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA, versa UNICA Y EXCLUSIVAMENTE sobre el ACCESO A DOCUMENTOS O INFORMACION CON SOPORTE DOCUMENTAL y en ningún caso, existe obligación de procesar (buscar) en los documentos existentes. Si no encuentra lo que busca, entonces la RESPUESTA ES IGUAL A 0 “CERO”, por lo que aplica el CRITERIO 18-13 INAI: No es necesario declarar formalmente la inexistencia. “En los casos en que se requiere un dato estadístico o numérico, y el resultado de la búsqueda de la información sea cero, éste deberá entenderse como un dato que constituye un elemento numérico que atiende la solicitud, y no como la inexistencia de la información solicitada. Por lo anterior, en términos del artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, el número cero es una respuesta válida cuando se solicita información cuantitativa, en virtud de que se trata de un valor en sí mismo”. En una máxima de publicidad esta unidad hace de su conocimiento que lo requerido puede ser buscado a través de INFORMACIÓN PÚBLICA FUNDAMENTAL, ARTÍCULO 8 FRACCIÓN 2. La información sobre el marco jurídico aplicable al y por el sujeto obligado, que comprende: INCISO d). Los reglamentos federales, estatales y municipales, donde podrá descargar DOCUMENTOS QUE CONTIENEN LA INFORMACIÓN SOLICIArchivo adjuntoDescargarFolioJAL-IP-140245823000033

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaConsulta directa de documentosTipo de respuestaFALTA DE ORIENTACION A UN TRÁMITEMedio de entregaCopia SimpleFecha limite de respuesta06/10/2023Fecha solicitud término13/09/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deJaliscoSector de la dependenciaAyuntamientos