Jalisco - Instituto de Planeación y Gestión del Desarrollo del Área Metropolitana de Guadalajara - (JAL)
Solicitud del día 11/11/2024 a la dependencia Jalisco - Instituto de Planeación y Gestión del Desarrollo del Área Metropolitana de Guadalajara - (JAL) del órgano Jalisco
DescripciónSolicito se me informe a través de esta Unidad de Transparencia, si, ante la Dirección de Desarrollo Urbano, así como la Dirección de Protección Civil pertenecientes al municipio de Guadalajara, Jalisco, cuentan con registro de algún procedimiento, clausura o multa a la fecha, vigente, sobre la infraestructura de telecomunicaciones ubicada en Calle Daniel Larios Cardenas Esq. Concalle Fernand Sector Hidalgo, Coordenadas 20.71811111, -103.3301944. En caso de que se cuente con algún procedimiento administrativo o clausura del sitio antes indicado, le solicito se me expidan copias certificadas de las constancias de mérito, para encontrarme en aptitud de dar seguimiento a los procedimientos existentes; solicitud que se encuentra fundamentada bajo lo estipulado en los artículos 13 y 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Entendiendo el sentido y motivo de confidencialidad, solicito, solamente se pronuncie al respecto de visitas de inspección, requerimiento de exhibición de licencias de construcción o uso de suelo con relación a la infraestructura de telecomunicaciones.Otros datosCalle Daniel Larios Cardenas Esq. Concalle Fernand Sector Hidalgo, Coordenadas 20.71811111, -103.3301944.Respuesta del día13/11/2024Texto de respuestaPrimero. – El Instituto de Planeación y Gestión del Desarrollo del Área Metropolitana de Guadalajara (IMEPLAN), se declara no competente para dar trámite a la solicitud registrada bajo el número de expediente UT-PNT-135-2024, tomando en consideración las manifestaciones expuestas en términos de lo señalado en el considerando cuatro y cinco. Segundo. – En consecuencia y atendiendo a lo dispuesto en el considerando cinco y seis de la presente, se deriva la solicitud de información que nos ocupa al Ayuntamiento de Guadalajara toda vez que, en el ejercicio de sus respectivas funciones y atribuciones, es quién pudiera resultar competente para atenderla y brindar información al solicitante. Tercero. – Al tenor de los artículos 81, numeral 3 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, así como el 16 y 87, numeral 1 de su Reglamento, se ORDENA NOTIFICAR al solicitante, por medio de la Plataforma y a través del correo electrónico lgl.prmts@outlook.com mismo que fue designado para tales efectos. ATENTAMENTE José Manuel Valdivia Vitela Encargado de despacho de la Unidad de Transparencia. Archivo adjuntoDescargarFolioJAL-IP-140271024000135