Jalisco - Ayuntamiento de Cuautitlán de García Barragán - (JAL)

Solicitud del día 02/10/2024 a la dependencia Jalisco - Ayuntamiento de Cuautitlán de García Barragán - (JAL) del órgano Jalisco

DescripciónEn el presente ejercicio fiscal, ¿Cuál es el monto que se ha cobrado en multas por dejar que se acumule basura, enseres, utensilios o cualquier objeto que impida el libre tránsito o estacionamiento de vehículos en las banquetas?Respuesta del día05/11/2024Texto de respuestaAl respecto es AFIRMATIVO, con fundamento en el ARTICULO 86.1 FRACCION I, de la Ley de Transparencia y Acceso a la información pública del estado de Jalisco y sus municipios, por la EXISTENCIA en DOCUMENTOS relativos a la información solicitada, por lo cual se le INFORMA: Que el Municipio de Cuautitlán de G.B., SI CUENTA con lo solicitado, en base a lo solicitado, se le informa que las sanciones y demás información relacionada a faltas administrativas se establecen en los diversos reglamentos municipales los cuales se encuentra debidamente publicados en la página oficial, misma que puede ser verificada en el siguiente link: https://cuautitlan-jalisco.gob.mx/municipio/informacion-focalizada-y-proactiva/reglamentos En una máxima de publicidad lo requerido puede ser buscado a través de Información Publica fundamental, articulo 8 fracción 2 inciso d). Los reglamentos federales, estatales y municipales; donde podrá descargar DOCUMENTOS QUE CONTIENEN LA INFORMACION SOLICITADA, en los cuales el C.SOLICITANTE puede REALIZAR SU BUSQUEDA, puesto que el DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA, versa UNICA Y EXCLUSIVAMENTE sobre el ACCESO A DOCUMENTOS O INFORMACION CON SOPORTE DOCUMENTAL y en ningún caso, existe obligación de procesar (buscar) en los documentos existentes, le proporciono el siguiente LINK DE ACCESO: https://cuautitlan-jalisco.gob.mx/municipio/informacion-focalizada-y-proactiva/reglamentos Si no encuentra lo que busca, entonces la RESPUESTA ES IGUAL A 0 “CERO”, por lo que aplica el CRITERIO 18-13 INAI: No es necesario declarar formalmente la inexistencia. “En los casos en que se requiere un dato estadístico o numérico, y el resultado de la búsqueda de la información sea cero, éste deberá entenderse como un dato que constituye un elemento numérico que atiende la solicitud, y no como la inexistencia de la información solicitada. Por lo anterior, en términos del artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, el número cero es una respuesta válida cuando se solicita información cuantitativa, en virtud de que se trata de un valor en sí mismo”. Aunado a lo anterior esta UNIDAD DE TRANSPARENCIA hace de su conocimiento que la información referente a las áreas y departamentos que forman parte del H.AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLAN DE GARCIA BARRAGAN JALISCO, puede ser consultada en el portal oficial https://cuautitlan-jalisco.gob.mx/municipio/areas, articulo 70 fracción 4. Las metas y objetivos de las Áreas de conformidad con sus programas operativos; a). El Plan General Institucional del poder, organismo o municipio correspondiente, con las modificaciones de cuando menos los últimos tres años; b). Los programas operativos anuales, de cuando menos los últimos tres años; c). Los manuales de organización; Se publican en un solo link manuales UNIFICADOS, los incisos C) al G) d). Los manuales de operación; Se publican en un solo link manuales UNIFICADOS, los incisos C) al G) e). Los manuales de procedimientos; Se publican en un solo link manuales UNIFICADOS, los incisos C) al G) f). Los manuales de servicios; Se publican en un solo link manuales UNIFICADOS, los incisos C) al G) g). Los protocolos; Se publican en un solo link manuales UNIFICADOS, los incisos C) al G) h). Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados; y i). Los demás instrumentos normativos internos aplicables; donde podrá descargar DOCUMENTOS QUE CONTIENEN LA INFORMACION SOLICITADA, en los cuales el C.SOLICITANTE puede REALIZAR SU BUSQUEDA, puesto que el DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA, versa UNICA Y EXCLUSIVAMENTE sobre el ACCESO A DOCUMENTOS O INFORMACION CON SOPORTE DOCUMENTAL y en ningún caso, existe obligación de procesar (buscar) en los documentos existentes. Si no encuentra lo que busca, entonces la RESPUESTA ES IGUAL A 0 “CERO”, por lo que aplica el CRITERIO 18-13 INAI: No es necesario declarar formalmente la inexistencia. “En los casos en que se requiereArchivo adjuntoDescargarFolioJAL-IP-140283324000159

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaConsulta directa de documentosTipo de respuestaFALTA DE ORIENTACION A UN TRÁMITEMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta15/10/2024Fecha solicitud término05/11/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deJaliscoSector de la dependenciaAyuntamientos