Jalisco - Ayuntamiento de Cuautitlán de García Barragán - (JAL)
Solicitud del día 23/10/2024 a la dependencia Jalisco - Ayuntamiento de Cuautitlán de García Barragán - (JAL) del órgano Jalisco
DescripciónPor favor proporcionar la cantidad de juicios promovidos en contra de las tasas progresivas aplicada en el pago del predial. Cuantos se han resuelto. Cual ha sido la sentencia recaída a los asuntos resueltos. Y cuales han sido los agravios manifestados.Respuesta del día05/11/2024Texto de respuestaAl respecto es AFIRMATIVO, con fundamento en el ARTICULO 86.1 FRACCION I, de la Ley de Transparencia y Acceso a la información pública del estado de Jalisco y sus municipios, por la EXISTENCIA en DOCUMENTOS relativos a la información solicitada, por lo cual se le INFORMA: “Que el Municipio de Cuautitlán de G.B., SI CUENTA con lo solicitado, al respecto LA LIC.GABRIELA ESMERALDA ARIAS RODRIGUEZ, SINDICO MUNICIPAL dio oportuna respuesta mediante HACGB/SM/560/19/03/2024, que se transcribe LITERAL: La ocasión me es propicia para enviarle un cordial saludo, misma ocasión que aprovecho para dar respuesta a su oficio HACGB/UT/580/21/68/2024 de fecha de recepción 28 de octubre del presente año, mediante el cual me remite la solicitud recibida vía plataforma nacional de transparencia, bajo número de folio 140283324000164, la cual a la letra requiere: "Por favor proporcione la cantidad de juicios promovidos en contra de las tasas progresivas aplicada en el pago predial. Cuantos de han resulto. Cuál ha sido la sentencia recaída a los asuntos resueltos. Y cuáles han sido los agravios manifestados." Por lo que de acuerdo a la información requerida, y con fundamento en los artículos 85, 86 numeral 1 fracción Ill y 86 Bis numeral 2 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, hago del conocimiento al solicitante, que después de una búsqueda exhaustiva en los archivos de esta Sindicatura Municipal, no se posee, genera o administra, ni se localizó la información de manera física o digital, ya que la suscrita al ostentar la representación legal del Municipio de Cuautitlán de García Barragán, Jalisco, conforme al numeral 86 de la Constitución Política del Estado, no se ha recibido emplazamientos de este tipo de juicio y los derivados de la solicitud. Lo cual hago de su conocimiento para los fines y efectos legales a que haya lugar. Esta UNIDAD DE TRANSPARENCIA le informa que resulta aplicable el CRITERIO 03-17 INAI: No existe obligación de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de acceso a la información. Los artículos 129 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 130, párrafo cuarto, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, señalan que los sujetos obligados deberán otorgar acceso a los documentos que se encuentren en sus archivos o que estén obligados a documentar, de acuerdo con sus facultades, competencias o funciones, conforme a las características físicas de la información o del lugar donde se encuentre. Por lo anterior, los sujetos obligados deben garantizar el derecho de acceso a la información del particular, proporcionando la información con la que cuentan en el formato en que la misma obre en sus archivos; sin necesidad de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de información” (SIC). La información se entrega en términos 87.2 y 87.3 LTAIPEJM, “Cuando parte o toda la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, formatos electrónicos disponibles en Internet o en cualquier otro medio, o sea información fundamental publicada vía internet, bastará con que así se señale en la respuesta y se precise la fuente, el lugar y la forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información, para que se tenga por cumplimentada la solicitud en la parte correspondiente”. “La información se entrega en el estado que se encuentra y preferentemente en el formato solicitado. No existe obligación de procesar, calcular o presentar la información de forma distinta a como se encuentre”. Archivo adjuntoDescargarFolioJAL-IP-140283324000164