Jalisco - Ayuntamiento de Guadalajara - (JAL)
Solicitud del día 22/10/2024 a la dependencia Jalisco - Ayuntamiento de Guadalajara - (JAL) del órgano Jalisco
DescripciónAsunto: Solicitud de Información Relacionada con las Condiciones Laborales del Personal Operativo de la Comisaría de Seguridad Ciudadana de Guadalajara A quien corresponda: Por medio de la presente, solicito información en relación con las condiciones laborales del personal operativo de la Comisaría de Seguridad Ciudadana de Guadalajara. En específico, requiero conocer el fundamento legal y normativo para los siguientes aspectos: 1.Registro de faltas: ¿En qué artículo y de qué ley o reglamento se establece que al personal que se ausente se le deben registrar las faltas en días consecutivos y no por turno? ¿Cuál es el fundamento para afirmar que al no laborar su turno correspondiente, no tienen derecho al descanso del siguiente turno, dado que este derecho se genera únicamente tras laborar un turno y descansar el siguiente? 2.Horarios de trabajo del personal operativo: ¿Qué horarios deben cumplir los integrantes del personal operativo de la Comisaría? ¿Dónde se encuentra regulado o establecido este aspecto? 3.Prestación de servicios en días de descanso: ¿En qué ley o reglamento se establece que los policías están obligados a prestar sus servicios en sus días de descanso? ¿Cuál es el fundamento legal para que el ayuntamiento se deslinde de la responsabilidad de pagar salario doble por el servicio prestado en esos días? 4.Prima vacacional: De acuerdo con información de la Unidad de Transparencia de Guadalajara, un policía recibe un salario quincenal de $9,565.83 y una prima vacacional de $1,594.31. Si toma 15 días de vacaciones, ¿por qué razón o con base en qué artículo de qué ley o reglamento no se le paga el 25% de prima vacacional sobre los salarios correspondientes, tal como lo establece el artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo? 5.Vacaciones consecutivas: ¿Con fundamento en qué ley o reglamento y en qué artículo se establece que el personal operativo de la Comisaría debe tomar sus vacaciones de manera consecutiva, sin considerar sus días de descanso? ¿Por qué no se permite que los trabajadores tomen sus vacaciones en fracciones, conforme las vayan necesitando, en lugar de obligarlos a tomar los 15 días completos? 6.Días de descanso durante vacaciones: ¿Por qué durante los 15 días de vacaciones del personal operativo no se consideran sus días de descanso? La Ley Federal del Trabajo establece que por cada seis días de trabajo corresponde un día de descanso. ¿Por qué en la Comisaría el día de descanso se cuenta como un día laboral durante las vacaciones, mientras que al personal administrativo sí se le considera como día de descanso y no como parte de las vacaciones? 7.Cálculo de vacaciones: Si un servidor público trabaja de martes a domingo y descansa los lunes, y pide 10 días de vacaciones a partir del martes 1 de octubre, se le cuentan sus días de vacaciones del 1 al 6 de octubre (6 días), el lunes 7 no se cuenta porque es su día de descanso, y se retoman los días de vacaciones del 8 al 11, sumando 10 días en total. ¿Por qué razón o con base en qué artículo, ley o reglamento el personal operativo no cuenta con esta misma consideración y debe regresar a laborar inmediatamente al finalizar los 15 días de vacaciones, sin que se les respeten los días de descanso en ese periodo? 8.Pago de prima vacacional: Si un policía tiene un salario quincenal de $9,565.83, lo que corresponde a un salario diario de $637.72, y disfruta de 15 días de vacaciones, según la Ley Federal del Trabajo le correspondería el 25% de prima vacacional sobre ese salario (mínimo). El 25% de $9,565.83 es $2,391.45. ¿Con base en qué se les paga una prima vacacional inferior, es decir, $1,594.31? 9.Beneficios laborales: ¿Por qué razón o con fundamento en qué artículo, ley o reglamento el personal operativo de la Comisaría de Guadalajara no puede gozar de los mismos beneficios que los demás empleados del ayuntamiento, como los días económicos, descanso obligatorio por ley, y el pago de horas extras? Gracias por su atención. Quedo a la espera...Otros datosRECURSOS HUMANOS DEL AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA, RECURSOS HUMANOS DE LA COMISARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE GUADALAJARA, ENLACE ADMINISTRATIVO DE LA COMISARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE GUADALAJARA, Respuesta del día04/11/2024Texto de respuestaEstimado solicitante favor de revisar el archivo adjunto mismo que da respuesta a su solicitud de información.Archivo adjuntoDescargarFolioJAL-IP-140284624009735