Jalisco - Red de Centros de Justicia para las Mujeres - (JAL)
Solicitud del día 12/11/2024 a la dependencia Jalisco - Red de Centros de Justicia para las Mujeres - (JAL) del órgano Jalisco
Descripción¿Cuál es la misión principal de los Centros de Justicia para las Mujeres en el estado de Jalisco? ¿Cuál es el perfil de las mujeres que generalmente acuden a estos centros (edad, tipo de violencia experimentada, nivel socioeconómico, etc.)? ¿Existen programas específicos de apoyo para que las mujeres puedan obtener autonomía económica?Respuesta del día15/11/2024Texto de respuestaCiudadano (a) Solicitante P R E S E N T E: Por medio del presente me es grato enviarle un cordial saludo, ocasión que hago propicia para dar seguimiento y atención, como sujeto obligado, a su solicitud de información recibida oficialmente en esta Unidad de Transparencia del Organismo Público Descentralizado denominado Red de Centros de Justicia para las Mujeres, mismas que se encuentra registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia con el folio 142898624000089, mediante la cual realiza la siguiente petición: “¿Cuál es la misión principal de los Centros de Justicia para las Mujeres en el estado de Jalisco? ¿Cuál es el perfil de las mujeres que generalmente acuden a estos centros (edad, tipo de violencia experimentada, nivel socioeconómico, etc.)? ¿Existen programas específicos de apoyo para que las mujeres puedan obtener autonomía económica? .” (sic). Con la finalidad de atenderle nos permitimos señalar lo siguiente: PRIMERO: El Reglamento Interno del Organismo Público Descentralizado Red de Centros de Justicia para las Mujeres, en su artículo 36, señala a la Unidad de Transparencia de este organismo como la entidad que tiene bajo su encargo la recepción, trámite y entrega de información respecto de las solicitudes presentadas conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios y demás normativa vinculada con dicho derecho fundamental. SEGUNDO: Estableciéndose el hecho de que esta Unidad de Transparencia es competente parcial para el seguimiento, es por lo que se admitió su solicitud dando cumpliendo así las obligaciones señaladas en el artículo 25 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, una vez recibida la información que remite la área competente de este Sujeto Obligado, como es la Dirección de Planeación y Evaluación de los Centros de Justicia, mediante Oficio Red CJM/DPECJ/445/2024 de fecha 12 de noviembre de 2024, el cual se adjunta al presente a fin de dar respuesta a su solicitud y dar el debido cumplimiento a lo establecido en los artículos 84, 85 y 86 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios. TERCERO: En virtud de que el documento que se remite contiene información confidencial, por disposición legal, queda prohibido su acceso, distribución, comercialización, publicación y difusión generales de forma permanente; de conformidad con lo dispuesto por los artículos 3, punto 2, fracción II, inciso a); y 4 punto 1, fracción V, y XXI, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios; así como en el artículo 3, fracciones IX, X; y 75, fracción II de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados en el Estado de Jalisco y sus Municipios; y se deberá dar el tratamiento correspondiente a dicha información, dando cumplimiento a lo que establece la ley de la materia. En caso de alguna duda o comentario adicional estamos a sus órdenes a través de los siguientes datos de contacto. Archivo adjuntoDescargarFolioJAL-IP-142898624000089