Estado de México - Procuraduría General de Justicia - (MEX)

Solicitud del día 30/01/2017 a la dependencia Estado de México - Procuraduría General de Justicia - (MEX) del órgano Estado de México

Descripción1. La Fiscalía General de Justicia del Estado de México a partir de la entrada en vigor del sistema penal acusatorio y el Código Nacional de Procedimientos Penales, ¿cuenta con Asesores jurídicos para asistir a las víctimas u ofendidos en las carpetas de investigación y administrativas dentro de un proceso penal en los juzgados de primera instancia en materia Penal? 2. La Fiscalía General de Justicia del Estado de México a partir de la entrada en vigor del sistema penal acusatorio y el Código Nacional de Procedimientos Penales, ¿en cuántas carpetas de investigación ha solicitado o girado oficio a la Comisión ejecutiva de atención de víctimas del estado de México para que sean debidamente asesoradas? 3. La Fiscalía General de Justicia del Estado de México a partir de la entrada en vigor del sistema penal acusatorio y el Código Nacional de Procedimientos Penales, ¿Cuántos cursos de capacitación del Nuevo Sistema de Justicia Penal ha recibido el personal a su cargo (Agentes del Ministerio Público en todos sus niveles): en qué fechas, temas que se impartieron, duración de los cursos o talleres y nombre de los ponentes o facilitadores de los cursos o talleres? 4. La Fiscalía General de Justicia del Estado de México, ¿Con cuántas especialidades periciales cuenta a través del Instituto de Servicios Periciales del Estado de México? 5. La Fiscalía General de Justicia del Estado de México, ¿Cuáles son las especialidades periciales con las que cuenta a través del Instituto de Servicios Periciales del Estado de México? 6. La Fiscalía General de Justicia del Estado de México, ¿Con cuántos peritos cuenta en el Instituto de Servicios Periciales del Estado de México? 7. La Fiscalía General de Justicia del Estado de México, en el Instituto de Servicios Periciales del Estado de México, ¿Cuáles son los cursos de actualización con los que cuentan los peritos y si son por especialidad? 8. La Fiscalía General de Justicia del Estado de México, en el Instituto de Servicios Periciales del Estado de México, ¿Cuáles son las áreas a los que son asignados los peritos?Respuesta del día03/03/2017Texto de respuestaToluca de Lerdo, Estado de México; a 3 de marzo de 2017. Número de oficio: 0113/MAIP/FGJ/2017. LIZETH ALEJANDRA LUGO ASCENCIO Hago referencia al contenido de su solicitud de información pública, presentada el 30 de enero del año 2017, ante el Módulo de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, misma que fue registrada en el Sistema de Acceso a la Información Mexiquense, bajo el folio 00024/PGJ/IP/2017; al respecto, se le informa que una vez realizada la búsqueda en los archivos de este órgano público autónomo, se encontró información, por lo que con fundamento en los artículos 1, 4 y 163 de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, se da contestación a sus requerimientos en los siguientes términos: “1. La Fiscalía General de Justicia del Estado de México a partir de la entrada en vigor del sistema penal acusatorio y el Código Nacional de Procedimientos Penales, ¿cuenta con Asesores jurídicos para asistir a las víctimas u ofendidos en las carpetas de investigación y administrativas dentro de un proceso penal en los juzgados de primera instancia en materia Penal? (sic) La Fiscalía General de Justicia del Estado de México, no cuenta con asesores jurídicos para asistir a las víctimas u ofendidos en las carpetas de investigación y administrativas dentro del proceso penal en los Juzgados de Primera Instancia en Materia Penal. 2. La Fiscalía General de Justicia del Estado de México a partir de la entrada en vigor del sistema penal acusatorio y el Código Nacional de Procedimientos Penales, ¿en cuántas carpetas de investigación ha solicitado o girado oficio a la Comisión ejecutiva de atención de víctimas del estado de México para que sean debidamente asesoradas? (sic) A la fecha no se ha solicitado o girado oficio de apoyo a la Comisión Ejecutiva de Atención de Víctimas del Estado de México. 3. La Fiscalía General de Justicia del Estado de México a partir de la entrada en vigor del sistema penal acusatorio y el Código Nacional de Procedimientos Penales, ¿Cuántos cursos de capacitación del Nuevo Sistema de Justicia Penal ha recibido el personal a su cargo (Agentes del Ministerio Público en todos sus niveles): en qué fechas, temas que se impartieron, duración de los cursos o talleres y nombre de los ponentes o facilitadores de los cursos o talleres? (sic) Se han impartido, a Agentes del Ministerio Público, 157 cursos del Sistema Informático de Gestión para las Instituciones que participan en el Procedimiento Penal en el Estado de México (SIGISPPEM), de los cuales 23 se impartieron en 2014, 37 en 2015 y 97 en 2016, por la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la implementación del Sistema de Justicia Penal (SETEC), Universidad Autónoma del Estado de México, Instituto Nacional de Ciencias Penales, la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado de México, y en línea el Instituto Mexiquense de Seguridad y Justicia del Estado de México, así como replicadores de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México. 4. La Fiscalía General de Justicia del Estado de México, ¿Con cuántas especialidades periciales cuenta a través del Instituto de Servicios Periciales del Estado de México? (sic) 5. La Fiscalía General de Justicia del Estado de México, ¿Cuáles son las especialidades periciales con las que cuenta a través del Instituto de Servicios Periciales del Estado de México? (sic) Respecto a las preguntas antes citadas, fue localizada en la Coordinación de Servicios Periciales, la siguiente estructura orgánica de peritos: - Departamento de Criminalística - Departamento de Identificación - Departamento de Servicio Médico Forense - Departamento de Peritos Diversos - Departamento de Tránsito Terrestre - Departamento de Fotografía y Video 6. La Fiscalía General de Justicia del Estado de México, ¿Con cuántos peritos cuenta en el Instituto de Servicios Periciales del Estado de México? (sic) 602 Peritos. 7. La Fiscalía General de Justicia del Estado de México, en el Instituto de Servicios Periciales del Estado de México, ¿Cuáles son los cursos de actualización con los que cuentan los peritos y si son por especialidad? (sic) Se tienen los cursos de Cadena de Custodia y Taller de Especialización para Peritos en el Sistema Penal Acusatorio. 8. La Fiscalía General de Justicia del Estado de México, en el Instituto de Servicios Periciales del Estado de México, ¿Cuáles son las áreas a los que son asignados los peritos?.” (sic) Los peritos son asignados a las Subdirecciones, Bases de Peritos y Consultorios Médicos, conforme al organigrama de la Coordinación de Servicios Periciales, mismo que se anexa al presente. En ese contexto, debe aclararse que este órgano público autónomo únicamente cuenta con la información que le fue proporcionada en cada uno de sus cuestionamientos, toda vez que no se encuentra obligado a procesar, resumir, efectuar cálculos o practicar investigaciones conforme al interés del solicitante, acorde a lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley de Transparencia antes citada. “Artículo 12. (…) Los sujetos obligados sólo proporcionarán la información pública que se les requiera y que obre en sus archivos y en el estado en que ésta se encuentre. La obligación de proporcionar información no comprende el procesamiento de la misma, ni el presentarla conforme al interés del solicitante; no estarán obligados a generarla, resumirla, efectuar cálculos o practicar investigaciones.” Lo anterior, se sustenta con el Criterio 09-10, emitido por el Pleno del entonces Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, aplicable por analogía, y que a la letra indica: “Las dependencias y entidades no están obligadas a generar documentos ad hoc para responder una solicitud de acceso a la información. Tomando en consideración lo establecido por el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, que establece que las dependencias y entidades sólo estarán obligadas a entregar documentos que se encuentren en sus archivos, las dependencias y entidades no están obligadas a elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de información, sino que deban garantizar el acceso a la información con la que cuentan en el formato que la misma así lo permita o se encuentre, en aras de dar satisfacción a la solicitud presentada”. Sin otro particular, le reitero la seguridad de mi distinguida consideración. A T E N T A M E N T E M. EN A. JORGE MEZHER RAGE OFICIAL MAYOR Y TITULAR DE LA UNIDAD TRANSPARENCIA YLG/AFSArchivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-170590

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaRespuesta a la solicitud notificadaTipo de respuestaENTREGADAMedio de entregaElectrónico a través del sistema de solicitudes de acceso la información de la PNTFecha limite de respuesta22/02/2017Fecha solicitud término03/03/2017Órgano autónomo responsable, del Estado deEstado de MéxicoSector de la dependenciaPoder Ejecutivo