Estado de México - Universidad Autónoma del Estado de México - (MEX)
Solicitud del día 14/02/2024 a la dependencia Estado de México - Universidad Autónoma del Estado de México - (MEX) del órgano Estado de México
DescripciónRequiero conocer cuántas descargas de libros de bachillerato digitales se registraron en los semestres 2023A y 2023B, así como de esas descargas, cuanto se recaudo. Además de esos mismo periodos mencionados, requiero conocer cuantos libros físicos de bachillerato se vendieron y cuanto fue el monto que se recaudo de dinero.Respuesta del día19/03/2024Texto de respuestaEn respuesta a la solicitud de acceso a la información pública con número de folio 00278/UAEM/IP/2024, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 150, 163, y 164 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como los Recursos de Revisión que deberán observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; hacemos de su conocimiento con base en la información proporcionada por la Dirección de Recursos Financieros, la Dirección de Estudios de Nivel Medio Superior y la Dirección de control Escolar que; Se consultaron 137,029 en el periodo 2023A y 353,372 en el periodo 2023B. De lo cual se recaudó en 2023A un importe de $ 1,619,000.00 y 2,530,250.00 en 2023B. En los archivos con los que se cuenta no se tiene registro de venta de libros físicos, razón por la cual no es posible atender a su solicitud de información en los términos requeridos. Es menester señalar que de conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 162 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, las unidades de transparencia deberán recibir, tramitar y dar respuesta a las solicitudes de acceso a la información, con la información que las áreas competentes cuenten de acuerdo a sus facultades, competencias y funciones. Finalmente se hace de su conocimiento que de conformidad con los artículos 176, 177, 178 y demás relativos y aplicables de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, el solicitante tiene derecho de presentar recurso de revisión, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la respuesta.Archivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-578841