Estado de México - Secretaría de Desarrollo Urbano e Infraestructura

Solicitud del día 18/02/2024 a la dependencia Estado de México - Secretaría de Desarrollo Urbano e Infraestructura del órgano Estado de México

DescripciónSoy estudiante de urbanismo y estoy realizando un proyecto de tesis, por lo cual les solicito amablemente la siguiente información: En el sitio web http://sedui.edomex.gob.mx/huixquilucan, en el apartado de “planos” / “Planos de estrategia” aparecen archivos en formato PDF que al descargarse funcionan sólo como una imagen, es decir, que no es posible visualizar o separar sus capas. Lo que solicito son los archivos base con los que se generaron dichas cartografías, es decir, archivos vectoriales que conforman las capas o cualquier archivo vectorial que contenga información como los trazos de vialidades, cuerpos de agua, lotificación, etc. de las cartografías referidas. De preferencia solicito que los archivos se entreguen de manera electrónica en cualquier formato para ser leído en programas SIG (Sistema de información geográfica), como por ejemplo ESRI Shapefile (SHP), o en formato DWG. Lo solicitado es referente a estos mapas, por lo que pido de preferencia que los archivos entregados se nombren o hagan referencia a los mapas citados para ser identificables. E-2 Zonificación Primaria E-2A   Fe de erratas Zonificación Primaria Usos y Destinos del Suelo E-2B1  Fe de erratas Zonificación Primaria Usos y Destinos del Suelo E-2B2  Fe de erratas Zonificación Primaria Usos y Destinos del Suelo E-2B3  Fe de erratas Zonificación Primaria Usos y Destinos del Suelo E-2B4  Fe de erratas Zonificación Primaria Usos y Destinos del Suelo E-2B5  Fe de erratas Zonificación Primaria Usos y Destinos del Suelo E-2B6  Fe de erratas Zonificación Primaria Usos y Destinos del Suelo E-2B7  Fe de erratas Zonificación Primaria Usos y Destinos del Suelo E-2B8  Fe de erratas Zonificación Primaria Usos y Destinos del Suelo De antemano agradezco su apoyo para el ejercicio de mi derecho a la información. Esta información será utilizada para fines académicos. Se le solicita a este Sujeto Obligado, en caso de que no pueda entregar la información en formato electrónico por cualquier vía - no necesariamente a través de la Plataforma Nacional de Transparencia- la exención del pago. No omito mencionar que, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, apenas el 3.7% de la población ingresa más de cinco salarios mínimos al día por mes, sin contar cualquier otro tipo de gasto adicional relacionado a alimentación, transporte y renta. Por tal motivo, se solicita la exención de pago de acuerdo con el artículo 145 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Tampoco omito mencionar que en distintas resoluciones del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (INAl), lejos de requerir al peticionario que demuestre insolvencia económica considera: formulada al Pleno de este Instituto (en este caso al Sujeto Obligado) por parte de la persona recurrente; • La referencia vertida por parte de la persona solicitante, relativa a las condiciones socioeconómicas con las que cuenta; • La importancia y valor que tiene la información para la sociedad. Por lo que este caso acredita debidamente los cuatro puntos valorados por el INAl para determinar la exención del pago de copias y entregar la documentación en versión pública, en copias simples, gratuitamente. En caso de que el Sujeto Obligado argumente que "no existe una base de datos o documento en el que se identifique la información solicitada” o que no está obligado a "elaborar documentos ad hoc", es importante recalcar que a) no se requirió un base de datos y b) Es claro que el Sujeto Obligado no está obligado a elaborar documentos ad hoc, pero eso no lo exime de su obligación de entregar información pública en el formato en el que se encuentre en sus archivos, de modo que debe entregarla en el formato en el que la tenga. Este peticionario solicita la exención del pago por motivos socioeconómicos si sobrepasa los $100.Respuesta del día23/02/2024Texto de respuestaSobre el particular, se adjunta oficio número SEDUI-CI-0184/2024, de fecha 23 de febrero del año en curso mediante el cual se detalla información sobre su solicitud.Archivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-579542

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaRespuesta a la solicitud notificadaTipo de respuestaENTREGADAMedio de entregaElectrónico a través del sistema de solicitudes de acceso la información de la PNTFecha limite de respuesta13/03/2024Fecha solicitud término23/02/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deEstado de México