Estado de México - Universidad Autónoma del Estado de México - (MEX)
Solicitud del día 19/02/2024 a la dependencia Estado de México - Universidad Autónoma del Estado de México - (MEX) del órgano Estado de México
DescripciónNumero de vehiculos con los que cuenta el Organo Interno de Control de la Universidad Autonoma del Estado de Mexico, a que departamentos les han sido asignados, si Victorino Barrios Davalos cuenta con vehiculos asignados, marca y modelo Adecuaciones y servicios realizados a dichos vehiculos Si el personal cuenta con telefonía asignada por la Universidad Autonoma del Estado de MexicoRespuesta del día12/03/2024Texto de respuestaEn respuesta a la solicitud de acceso a la información pública con número de folio 00308/UAEM/IP/2024, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 150, 163, y 164 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como los Recursos de Revisión que deberán observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; hacemos de su conocimiento lo siguiente: El Órgano Interno de Control remite los siguientes documentos: 1) OIC/SPH/090/2024 de la servidora pública habilitada del Órgano Interno de Control en la Universidad Autónoma del Estado de México. 2) OIC/UAA/004/2024 de la Responsable de la Unidad de Apoyo Administrativo del Órgano Interno de Control en la Universidad Autónoma del Estado de México. Es menester señalar que de conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 162 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, las unidades de transparencia deberán recibir, tramitar y dar respuesta a las solicitudes de acceso a la información, con la información que las áreas competentes cuenten de acuerdo a sus facultades, competencias y funciones. Finalmente se hace de su conocimiento que de conformidad con los artículos 176, 177, 178 y demás relativos y aplicables de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, el solicitante tiene derecho de presentar recurso de revisión, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la respuesta.Archivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-579655