Estado de México - Ayuntamiento de Villa del Carbón - (MEX)
Solicitud del día 19/02/2024 a la dependencia Estado de México - Ayuntamiento de Villa del Carbón - (MEX) del órgano Estado de México
DescripciónTitular del Área de Transparencia del Ayuntamiento. Con fundamento en la información del portal de Internet de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Anticorrupción del Estado de México (Sistemas Municipales Anticorrupción – SESAEMM), el Ayuntamiento donde Usted labora cuenta con la instalación del Sistema Municipal Anticorrupción, en tal objetividad me dirijo a Usted con fundamento en los artículos sexto y octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en observancia al criterio SO-016-2017 de los “Criterios de Interpretación del INAI” (*), orientadores y aplicables en los organismos garantes de las entidades federativas; solicito a servidores públicos del Ayuntamiento y Sistema Municipal Anticorrupción, me apoyen en contestar este instrumento con fines de investigación social en materia de política pública anticorrupción y ayuntamiento. Las áreas administrativas a las que va dirigido son: 1. Tesorería. 2. Contraloría Municipal. 3. Titular de la Unidad de Transparencia (o área que atienda el tema) 4. Presidente del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Municipal Anticorrupción. Mucho agradeceré que remita el instrumento a las áreas e instancia mencionadas y regresar por esta vía (SAIMEX). Muchas gracias por su colaboración. (*) Criterio SO-016-2017 “Expresión documental. Cuando las personas solicitantes no identifiquen la documentación de su interés, o bien, se trate de una consulta, se deberá dar a dicha solicitud una interpretación que les otorgue una expresión documental”.Respuesta del día13/03/2024Texto de respuestaVilla del Carbón, México a 13 de Marzo de 2024 Folio de la solicitud: 00011/VICARBO/IP/2024 A quien corresponda. En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en el artículo 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; articulo 4, 23 Fracción IV, 50, 51, 52, 53 Fracciones: II, V y VI, 59, 92, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; este Ayuntamiento de Villa del Carbón, Estado de México, como sujeto obligado es competente para resolver y atender la presente solicitud de acceso a la información pública. Una vez que se ha analizado el resultado de la búsqueda de la información y con base a lo anterior, se emite contestación a su solicitud. Se adjunta respuesta en formato PDF. ATENTAMENTE Lic. Diana González Mondragón Titular de la Unidad de Transparencia Ayuntamiento de Villa del CarbónArchivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-579937