Estado de México - _Secretaría de Movilidad - (MEX)
Solicitud del día 20/02/2024 a la dependencia Estado de México - _Secretaría de Movilidad - (MEX) del órgano Estado de México
Descripción¿Cual fue el criterio para modificar la condicionante establecida en la evaluación tecnica de factibilidad de incorporación e impacto vial numero 21300010A/2160/2019 y ¿Cuales son los plazos indicados para el cumplimiento de cada condicionante 1. Derecho de vía, 2. Vía publica, 3.Accesibilidad 4. Acceso 5. Salida.?Respuesta del día12/03/2024Texto de respuestaMe refiero a la solicitud 00132/SMOV/IP/2024, a través de la cual me solicita que proporcione, en caso de contar con ella, la siguiente información: “… ¿Cuál fue el criterio para modificar la condicionante establecida en la evaluación técnica de factibilidad de incorporación e impacto vial numero 21300010A/2160/2019 y ¿Cuáles son los plazos indicados para el cumplimiento de cada condicionante 1. Derecho de vía, 2. Vía pública, 3.Accesibilidad 4. Acceso 5. Salida? …” (Sic) Con fundamento en los artículos 1, 3 fracción XXXIX, 4 segundo párrafo, 12 segundo párrafo y 59 fracciones I, II y III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, me permito informarle lo siguiente: En relación a cuál fue el criterio para “modificar la condicionante establecida en la Evaluación Técnica de Factibilidad de Incorporación e Impacto Vial número 21300010A/2160/20219”, el peticionario no es claro en su solicitud, pues hace referencia de manera muy ambigua, a una condicionante establecida dentro de la Evaluación Técnica de mérito, sin precisar a cual se refiere, y de la simple lectura de la solicitud, no se desentraña la intención sobre cuál es la información que necesita. Ahora bien, en relación a los plazos indicados para el cumplimiento de las condicionantes 1. Derecho de Vía, 2. Vía Pública y/o Privada, 3. Accesibilidad. 4. Acceso – Salida, 5. Estacionamiento, 6. Señalización, hago de su conocimiento que corresponde a la vigencia de la Evaluación Técnica así como de las condicionantes que la integran, que es de doce meses contados a partir de la fecha de notificación del Dictamen Único de Factibilidad o Evaluación de Impacto Estatal, según sea el caso, plazo que puede ser prorrogable hasta por dos ocasiones por el mismo plazo de la vigencia inicial, previa petición de parte, con fundamento en el artículo 28 del Reglamento de la Ley de la Comisión de Impacto Estatal. Por otra parte, en lo que respecta al inicio del cumplimiento de la condicionante Obras por Incorporación Vial, hago de su conocimiento que la misma cuenta con un plazo de sesenta días a partir de la fecha en que se notifique el Dictamen Único de Factibilidad o Evaluación Técnica de Impacto Estatal, con fundamento en el artículo 56 del Reglamento de Comunicaciones. Finalmente, le informo que la condicionante Pago por Impacto Vial, cuenta con un plazo máximo de noventa días posteriores a aquel en que surta efectos la notificación del Dictamen Único de Factibilidad o de la Evaluación de Impacto Estatal. Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.Archivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-580128